Juzgado de Letras y Garantía de Litueche.

RICHARD DANILO (CARAB) PINO YAÑEZ C/ HECTOR ANTONIO DONOSO RUBIO

Rol

O-449-2020

Fecha

9 de noviembre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que, el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento Simplificado en contra de don HECTOR ANTONIO DONOSO RUBIO, C.I. 14.011.992-K, por su responsabilidad en calidad de autor del Delito de infringir las normas sanitarias previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, respecto del siguiente hecho: El día 03 de julio del año 2020, siendo aproximadamente las 23:10 horas, el imputado se encontraba en la vía pública, específicamente en calle Bernardo O’Higgins con Diego Portales, de la comuna de La Estrella, conduciendo un vehículo, encontrándose en dicho momento vigente la medida de aislamiento sanitario por hora, decretada por el ministerio de salud con fecha 22 de marzo del presente año, a través de resolución N° 202, publicada en el diario oficial el mismo día ya señalado y vigente hasta el día de hoy, esto sin tener autorización legal o administrativa, para infringir dicha norma. A juicio del ministerio público los hechos constituyen el Delito de infringir las normas sanitarias previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en los cuales al imputado le cabría participación en calidad de autor ejecutor, en grado de consumado. Señaló el ente persecutor que no existirían anotaciones prontuariales por lo que le beneficiaría la atenuante del articulo 11N°6 del Código penal. En cuanto a la pena solicitada por el Ministerio público en el evento de admisión de responsabilidad, ha solicitado se le aplique al requerido la pena de multa de 06 Unidades Tributarias Mensuales a cada uno, sin costas de la causa. 2° Que, habiéndose consultado en audiencia por videoconferencia al requerido si estos admitían responsabilidad penal, estos respondieron afirmativamente como consta en este registro de video y audio. 3° Que, tal admisión de responsabilidad se encuentra acorde con los antecedentes de cargo por parte del Ministerio Publico, en cuanto a la ocurrencia de los hechos y

Fallo

se declara: I).- Que se acoge el requerimiento del Ministerio Público, presentado en contra de don HECTOR ANTONIO DONOSO RUBIO, C.I. 14.011.992-K, domiciliado en Cabaña blanca, DZSXXHJG Paula Katina Montserrat Najle Spuler Juez de garantía Fecha: 01/12/2020 13:58:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE lote N° 1, comuna de Las Cabras, se le condena, al pago de una multa equivalente a UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio Fiscal, por su responsabilidad en calidad autor del Delito de infringir las normas sanitarias previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Navidad el día 03 de julio de 2020, de esta jurisdicción. II).- Si el imputado no pagare la multa, sufrirán por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión regulándose un día por cada 1/3 de UTM a que ha sido condenado. III).- Que, en virtud de la irreprochable conducta anterior de don BENJAMÍN CASTILLO TAGLE, C.I. 16.211.261-9, por tener un extracto de filiación y antecedentes libre de anotaciones penales y de conformidad con lo dispuesto en el art

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Procedimiento Simplificado. Litueche, nueve de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1° Que, el Ministerio Público ha presentado requerimiento en procedimiento Simplificado en contra de don HECTOR ANTONIO DONOSO RUBIO, C.I. 14.011.992-K, por su responsabilidad en calidad de autor del Delito de infringir las normas sanitarias previ

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica