15º Juzgado de Garantía de Santiago

CLAUDIO ALFONSO TORRES RETAMAL C/ SERGIO BENEDICTO ELGUETA BUSTOS

Rol

O-5540-2019

Fecha

27 de noviembre de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Fallo

Se declara: I.- Que se acoge el requerimiento deducido por el Ministerio Público, representado por el señor fiscal ya individualizado, en contra del requerido SERGIO BENEDICTO ELGUETA BUSTOS, ya individualizado, y se le condena a la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, con las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una MULTA de 1/3 de U.T.M., y a la accesoria de SUSPENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONDUCIR por el término de DOS años, todo ello por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de Conducción en esta de ebriedad con resultado de daños, perpetrado el día 17 de marzo de 2019, en la comuna de San Ramón. II.- Que se le da el plazo de 30 días para el pago de la multa impuesta, esto es, hasta los cinco últimos días del mes de diciembre del presente año, bajo apercibimiento de que si no paga la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada 1/3 de U.T.M. III.- Que la suspensión de la licencia de conducir, se contara desde la fecha que se decretó como medida cautelar esta pena accesoria, esto es, desde el 26 de noviembre del año 2019, de manera ininterrumpida a la fecha. IV.- Que reuniéndose en este caso, los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, se le sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y

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RESUMEN: TRIBUNAL : 15° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RUC : 1900300016-0 RIT : 5540 – 2019 IMPUTADO : SERGIO BENEDICTO ELGUETA BUSTOS CED DE IDENTIDAD : 12.276.345-5 DOMICILIO : Calle EL QUISCO Nº 7976, COMUNA DE LA GRANJA MATERIA : Conducción en estado de ebriedad con resultado de daños FISCAL : OSVALDO TOLEDO LOPEZ DEFENSOR PÚBLICO : JOAN DUEÑAS RIQUELME MODIFICATORIAS : 11 N° 6 - 11 N° 9 PROCEDI

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