Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes.

LUIS MAURICIO SOZA VERA C/ OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS

Rol

O-7-2020

Fecha

28 de noviembre de 2020

Materia

DISPAROS INJUSTIF VÍA PÚBLICA (ART. 14 D INC. FINAL), LESIONES LEVES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha veintitrés de noviembre de dos mil veinte, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral, seguida contra OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS, cédula de identidad 19.991.100-7, obrero, soltero, 21 años de edad, nacido el día 10 de agosto de 1999, natural de Parral, estudios básicos, domiciliado en Santiago Urrutia, Población Carlos Ponce Pasaje 2 Casa N° 9, Parral, quien estuvo representado en la audiencia por el abogado defensor Milton Antonio Parra Viscay, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal, don Álvaro Muñoz Berrios, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. La imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según auto de apertura del Juzgado de Garantía de Parral de fecha 30 de enero de 2020, es del siguiente tenor: “El día 27/09/2017, a las 21:10 horas aproximadamente, en Avenida Nuevo Amanecer, Población Don Pablo, Parral, los acusados Oscar Burgos Campos y el adolescente Pedro Armando Muñoz Quezada realizaron disparos de manera injustificada en la vía pública en dirección a las víctimas Luis Mauricio Soza Vera y su polola Camila Aravena González, causando producto de ello a Soza Vera una lesión consistente en herida por arma de fuego en codo derecho con entrada de proyectil para armas de fuego tipo revólver, del tercio proximal del antebrazo RXBTSHGHJJ Patricio Alberto Zúñiga Valenzuela Juez Redactor Fecha: 28/11/2020 12:45:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CAUQUENES 2 derecho, de mediana gravedad, con tiempo de sanación e incapacidad de 25 a 27 días. En el mismo contexto, cuando huía Soza Vera, su polola Camila Aravena cayó al suelo, siendo agredida por el acusado Oscar Burgos Campos quien la tomó del pelo y le dio un golpe de puño en la cara, causándole una contusión de globo ocular y tejido orbitario, de carácter clínicamente leve”. Los hechos descritos precedentemente, en concepto del ente persecutor, son constitutivos de los siguientes delitos. a.- disparos injustificados en vía publica, previsto y sancionado en el artículo 14 d de la ley 17.798; b.- lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del código penal, y c.- lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, todos ellos en grado de consumados y que de acuerdo a la fiscalía, a Burgos Campos, le ha correspondido participación, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, en calidad de autor de los delitos materia de la acusación. Según el ente persecutor al acusado le beneficia la atenuante de irreprochable conducta anterior del artículo 11 N° 6 del Código Penal, sin agravantes. Finalmente el Ministerio Público requiere se imponga a Burgos Campos, la pena de CUATRO AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, como autor del delito de DISPAROS INJUSTIFICADOS EN VIA PUBLICA, 300 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, como autor del delito de LESIONES MENOS GRAVES, y 2 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por la falta de LESIONES LEVES, más el comiso de las especies incautadas, la determinación de su huella genética, accesorias legales y el pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Convenciones probatorias. De acuerd

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 399 del Código Penal; articulo 14 D de la Ley 17.798; artículos 1, 45, 46, 48, 282, 284, 285, 286, 291, 295, 296, 297, 298, 306, 307, 309, 314, 319, 323, 325, 326, 327, 328, 329, 330, 338, 339, 340, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, SE ABSUELVE al acusado, OSCAR ALONSO BURGOS CAMPOS, ya individualizado, del cargo formulado en su contra por el Ministerio Público que le atribuía la calidad de AUTOR del delito de disparos injustificados en vía pública, previsto y sancionado en el artículo 14 D de la Ley 17.798; lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en perjuicio de Luis Soza Vera, y lesiones leves en perjuicio de Camila Aravena González, previsto y sancionado en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, todos en grado de consumados, perpetrados el día 27 de septiembre de 2017, en la comuna de Parral. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivos plausibles para litigar. III.- Que se ordena el comiso del proyectil, bajo cadena de custodia NUE 3766487, para su destrucción por la autoridad competente. Regístrese y ejecutoriada que sea esta sentencia, remítase una copia autorizada al Juzgado de Garantía competente. Devuélvase, en su oportunidad, la prueba aportada por el Ministerio Público y Defensa. Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el artículo 347 del Código Procesal Penal,

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TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CAUQUENES 1 RUC N° : 1700914932-5 RIT N° : 7-2020 Acusado : Oscar Alonso Burgos Campos Delito : Disparo injustificado vía pública, lesiones menos graves y leves. _________________________________________________________________________ Cauquenes, veintiocho de noviembre de dos mil veinte. VISTO: Con fecha veintitrés de noviembre de dos mil veinte, ante este Tr

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