Juzgado de Letras y Garantia de La Union.

MINISTERIO PUBLICO C/ YUDITH ALICIA ESTUARDO LEAL

Rol

O-1674-2020

Fecha

27 de noviembre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Primero: Que el Ministerio Público, ha presentado requerimiento en contra de doña YUDITH ALICIA ESTUARDO LEAL, cédula de identidad N°17.561.621-7, nacida el 22 de octubre de 1990, 30 años, soltera dueña de casa, con domicilio en calle Alerce Milenario Nº 465, La Unión, teléfono Nº 99238852, correo electrónico, yudithestuardoleal22@hotmail.com, en contra de don PATRICIO ANDRÉS BAHAMONDES GONZÁLEZ, cédula de identidad N°16.587.615-6, nacido el 18 de septiembre del año 1983, 38 años, soltero, jornal, con domicilio en calle Alerce Milenario Nº 465, La Unión, y en contra de don JUAN NEFTALÍ ESTUARDO LEAL, cédula de identidad N° 17.607.125-7, domiciliado en Población Los Ríos, Calle Augusto Grob Nº 575, La Unión, por su responsabilidad en el siguiente hecho: “El día 26 de Noviembre del año 2020, siendo aproximadamente las 17:15 horas, los requeridos YUDITH ALICIA ESTUARDO LEAL, PATRICIO ANDRES BAHAMONDES GONZALEZ y JUAN ANDRES ESTUARDO LEAL, fueron sorprendidos en la vía pública, específicamente en calle Arturo Prat esquina calle Camilo Henríquez de la ciudad de La Unión, por funcionarios de carabineros de la Tercera Comisaría, sin contar con permiso temporal que los habilitase para encontrarse en ese lugar, poniendo en peligro la salud pública por infringir con ello las reglas higiénicas o de salubridad vigentes publicadas por la autoridad sanitaria a raíz del brote de COVID-19, esto es, la resolución exenta Nº 930 de fecha 29 de Octubre del año 2020, dictada por el Ministerio de Salud de Chile, por la que se impuso a todos los habitantes de la comuna de La Unión la prohibición de salir a la vía pública, como medida de cuarentena sanitaria o aislamiento, a contar de las 05:00 horas del día 31 de Octubre del año 2020 y por un plazo indefinido.” Hechos que constituyen el delito de PONER EN PELIGRO LA SALUD PUBLICA POR INFRACCION A REGLAS HIGIENICAS O DE SALUBRIDAD DISPUESTAS POR LA AUTORIDAD EN TIEMPO DE CATASTROFE O EPIDEMIA, prescrito y sancionado en el artículo

Fallo

se declara: I.- Que se condena a doña YUDITH ALICIA ESTUARDO LEAL, cédula de identidad N°17.561.621-7, don PATRICIO ANDRÉS BAHAMONDES GONZÁLEZ, cédula de identidad N°16.587.615-6, y a don don JUAN NEFTALÍ ESTUARDO LEAL, cédula de identidad N° 17.607.125-7, como autores en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, del delito contemplado en el artículo 318 EXMESHGXKF Lissette Milady Salazar Sandoval Juez de garantía Fecha: 27/11/2020 15:47:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:yudithestuardoleal22@hotmail.com del mismo cuerpo legal, perpetrado en esta comuna el día 26 de noviembre de 2020, al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, respecto de cada uno de los requeridos. II.- Que no se condena en costas, a los sentenciados, por estimar que con la aplicación del presente procedimiento se ha ahorrado recursos al erario fiscal. La multa impuesta deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la referida unidad tributaria al momento del pago, mediante un depósito efectuado en la Tesorería General de la República, mediante Formulario N° 10, debiendo presentar dicho formulario en el Tr

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Sentencia Procedimiento Monitorio La Unión, veintisiete de noviembre de dos mil veinte VISTOS: Primero: Que el Ministerio Público, ha presentado requerimiento en contra de doña YUDITH ALICIA ESTUARDO LEAL, cédula de identidad N°17.561.621-7, nacida el 22 de octubre de 1990, 30 años, soltera dueña de casa, con domicilio en calle Alerce Milenario Nº 465, La Unión, teléfono Nº 99238852, correo electr

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