Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MIN.PUBLICO C/ BASTIÁN OSVALDO ORELLANA MEDINA

Rol

O-503-2019

Fecha

27 de noviembre de 2020

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación y que son atribuidos a este encartado, son los siguientes: “El día 30 de enero de 2019, alrededor de las 19:20 horas, el acusado Bastián Osvaldo Orellana Medina, portaba y mantenía en la vía pública, en Avenida Pedro Montt a la altura del N° 2743, una mochila que arrojó al suelo al ver a personal de carabineros, y en cuyo interior TKYHSHFRBE Danko Tanis Koscina Villegas Juez oral en lo penal Fecha: 27/11/2020 13:48:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 mantenía partes y piezas de un arma de fuego, específicamente de una escopeta de fabricación artesanal “hechiza”, sin mantener autorización alguna para ello, además de 01 punzón, sin justificar razonablemente su porte.” A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos procedentemente son constitutivos del delito de porte ilegal de partes y piezas de arma de fuego, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra b) de la Ley N°17.798 y, además, del delito de porte ilegal de arma blanca, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal; los dos en grado de consumado; atribuyéndole al acusado, en ambos, la calidad de autor, de acuerdo al artículo 15 N°1 del Código Penal. En cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, indica el ministerio público que favorecería al acusado la atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal. Por todo lo anterior, previas citas legales, la Fiscalía solicita se aplique por el delito de porte ilegal de partes y piezas de arma de fuego prohibida, la pena de CUATRO AÑOS de presidio menor en su grado mínimo, más l

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha siete de septiembre de dos mil veinte, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, presidida por el juez don Francisco Hermosilla Iriarte e integrada, además, por los magistrados don Claudio Martínez Milet y don Danko Koscina Villegas, mediante modalidad remota, a través de la plataforma zoom, se llevó a efecto la audiencia del Juicio Oral RIT N°503-2019, seguido en contra de BASTIÁN OSVALDO ORELLANA MEDINA, cédula nacional de identidad Nº19.930.986-2, natural de Santiago, nacido el 17 de julio de 1998, con 1° medio, trabajador del mercado Cardonal, domiciliado en Obispo Valdés, casa 7, Placilla, Valparaíso. Fue parte acusadora del presente juicio el Ministerio Público de Valparaíso, representado por la fiscal adjunta doña María Loretto Herrmann Cortés, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público don Álvaro Barraza Rodríguez, con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Clausurado el debate, se procedió a la deliberación privada por parte del tribunal y atendida la decisión de condena y lo resuelto por el Excmo. Tribunal Constitucional, se paralizó la tramitación del juicio, suspendiéndose la realización de la audiencia del artículo 343 del Código Procesal Penal, hasta que el referido tribunal ordenara la reanudación del procedimiento. Por resolución de fecha tres de noviembre de dos mil veinte, el Excmo. Tribunal Constitucional, por sentencia pronunciada en causa ROL 8813-20 INA, acogió el requerimiento de inaplicabilidad deducido por la defensa, declarando: I. QUE SE ACOGE EL REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD DEDUCIDO A FOJAS 1, POR LO QUE

Fallo

SE DECLARA INAPLICABLE EL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY N° 18.216, EN EL PROCESO PENAL RUC N° 1900118446- 9, RIT N° 503-2019, SEGUIDO ANTE EL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAÍSO. OFÍCIESE. II. ÁLCESE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DECRETADA EN AUTOS. OFÍCIESE. Consecuentemente, se reanudó el procedimiento y se realizó, en consecuencia, la audiencia prevista en el artículo 343 del Código Procesal Penal, la que llevó a efecto el día veinticuatro de noviembre en curso. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos incluidos por el Ministerio Público en su acusación y que son atribuidos a este encartado, son los siguientes: “El día 30 de enero de 2019, alrededor de las 19:20 horas, el acusado Bastián Osvaldo Orellana Medina, portaba y mantenía en la vía pública, en Avenida Pedro Montt a la altura del N° 2743, una mochila que arrojó al suelo al ver a personal de carabineros, y en cuyo interior TKYHSHFRBE Danko Tanis Koscina Villegas Juez oral en lo penal Fecha: 27/11/2020 13:48:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 mantenía partes y piezas de un arma de fuego, específicamente de una escopeta de fabr

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1 MINISTERIO PÚBLICO DE VALPARAÍSO C/ BASTIÁN OSVALDO ORELLANA MEDINA. PORTE ILEGAL DE PARTES Y PIEZAS DE ARMA DE FUEGO Y PORTE ILEGAL DE ARMA BLANCA. R.U.C. 19 00 11 84 46 – 9. R.I.T. 503 - 2019. VALPARAÍSO, veintisiete de noviembre de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha siete de septiembre de dos mil veinte, ante esta Sala del Tribu

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