Juzgado de Letras y Garantía de Litueche.

MP C/ FLAVIO ESTEBAN GONZÁLEZ BECERRA

Rol

O-629-2020

Fecha

21 de noviembre de 2020

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que el día 20/11/2020 siendo aproximadamente las 21:50 horas, mientras las víctimas Deisy Andrea Morales Castro y Fernando Poblete Uribe, siendo la primera de ellos ex conviviente del imputado Flavio González Becerra, se trasladaban a bordo de un vehículo motorizado por calle Santa Mónica, de la comuna de Litueche, al llegar a la intersección de calle La Concepción, fueron interceptados por el imputado Flavio González Becerra, quien lo hacía a bordo de un vehículo motorizado, procediendo a descender de este vehículo premunido de un elemento contundente (palo), elemento con el cual procede a amenazar a ambas víctimas, indicándoles que tenían que bajar del vehículo, porque de no hacerlo les iba a golpear y romper el vehículo. A juicio del ministerio público los hechos constituyen los delitos de amenazas en Violencia Intrafamiliar y amenazas simples, previsto y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066, en el cual al imputado le cabe participación en calidad de autor ejecutor, en grado consumado. 2° Que la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. 3° Que, la resolutiva es del siguiente tenor: Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7,11 N°6, 14, 15, 18, 30, 68, 70 y 296 N° 3 del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 5° y 9° de la Ley 20.066, se declara: I).- Que se condena se condena a FLAVIO ESTEBAN GONZÁLEZ BECERRA, C.I. 17.930.364-7, domiciliada en Pasaje Padre Luis Cerón N° 649, comuna de Litueche, a sufrir dos penas SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO CADA UNO , accesoria especial del artículo 9 letra b de la Ley 20.066, esto es, prohibición absoluta de acercarse a la víctima, domicilio, lugar de trabajo o estudio o en cualquier ot

Fallo

se declara: I).- Que se condena se condena a FLAVIO ESTEBAN GONZÁLEZ BECERRA, C.I. 17.930.364-7, domiciliada en Pasaje Padre Luis Cerón N° 649, comuna de Litueche, a sufrir dos penas SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO CADA UNO , accesoria especial del artículo 9 letra b de la Ley 20.066, esto es, prohibición absoluta de acercarse a la víctima, domicilio, lugar de trabajo o estudio o en cualquier otro lugar que concurra o visite habitualmente por el lapso de UN AÑO, por su responsabilidad como autor del delito de los de amenazas en Violencia Intrafamiliar y amenazas simples, previsto XRWPSHVKXB Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 27/11/2020 11:35:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 2 de 2 y sancionado en el artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 5 de la Ley 20.066, hecho ocurrido en la comuna de Litueche el día 20 de noviembre de 2020, II).- Que reuniendo el sentenciado los requisitos que establece el artículo 8° de la Ley 18.216 se sustituye las penas corporales impuestas por la de reclusión p

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA y FAMILIA LITUECHE Página 1 de 2 Procedimiento Simplificado. Litueche, veintiuno de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva del requerimiento simplificado, presentado por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: Que el día 20/11/2020 siendo aproximadamente las 21:50 horas, mientras las víctimas Deisy Andrea Mo

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica