MP C/ OSCAR ADOLFO VILLAVICENCIO BRIONES
Rol
O-7544-2020
Fecha
20 de noviembre de 2020
Materia
DAÑOS SIMPLES., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR, OCULT IDENT EN CONTROL PREVENT ART 496 N: 5 Y 12 LEY 20931, PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 27 de julio de 2020 a las 20:50 en calle MIllaray con calle Los Niños, Sector Reñaca Alto de esta ciudad el imputado fue fiscalizado por Carabineros, negándose exhibir su cedula de identidad o su carnet de conducir, negándose de esta forma a identificarse, posteriormente el imputado huyo y al intentar ser detenido por carabineros, este lanzo una piedra en contra del carro policial dispositivo Z-5834, quebrándole uno de sus vidrios traseros daño avaluado en mas de una UTM. Ademas el imputado agredio al Carabinero Chester Estay Pavez y también agredio al cabo Carlos Pedreros Cartes y además les señalo que tenia Coronavirus mientras lo escupía. A raíz de los anterior las victima El señor Carlos Pedreros Cartes resulto con una herida superficial en la mano derecha y en su brazo derecho y el Carabinero estay Pavez resulto con eritema facial izquierdo, pequeñas heridas de los dedos de la mano derecha, heridas clínicamente de carácter leves. Tambien al momento de ser detenido el imputado mantenía en su poder un cuchillo tipo cortapluma sin contar ni haber justificado razonablemente su porte. Además el imputado al realizar esta acción el imputado puso en peligro la salud publica al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de la resolución exenta 448 de fecha 10 de junio de 2020, publicada el 11 de junio de 2020 y prorrogada por resolución 467 publicada el 18 de junio de 2020 y luego prorrogada nuevamente por resolución 479 con fecha 24 de junio de 2020 que establece la obligación para los habitantes de las comunas de Viña del Mar y Valparaíso de permanecer en sus domicilios como medida de aislamiento des de las 22:00 horas del día 12 de junio de 2020. La medida de aislameinto sanitario antes indicada se impartio como una medida de salubridad por un plazo de 7 dias prorrogables si la situación lo hace aconsejable bajo el alero del decreto supremo número 104 del 18 de marzo de 2020 que decreto el estado de excepción constitucional de ca
Fallo
se declara: PXXSSXHNNV Miguel Enrique Saez Navarrete Juez de garantía Fecha: 02/12/2020 17:37:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl I.- Que, se absuelve a OSCAR ADOLFO VILLAVICENCIO BRIONES, ya individualizado, del delito de maltrato de obra a carabineros, en contra del funcionario Carlos Pedreros Cartes. II.- Que, se condena a OSCAR ADOLFO VILLAVICENCIO BRIONES, ya individualizado, a la pena de multa un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autor del delito del artículo 318 del Código Penal, se le condena a la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor de la falta del artículo 496 N° 5 del Código Penal, a la pena de multa de un tercio de unidad de tributaria mensual como autor de un delito de porte de arma corto punzante en la vía pública y a la pena de multa de una unidad tributaria mensual como autor del delito de daños del artículo 487 del Código Penal en grado de desarrollo de consumados, ilícitos cometidos en esta jurisdicción. III.- Que, no se otorgan cuotas para el pago de la multa teniendo presente que no existe mérito para aquello. IV.- Que, no se
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Fecha Viña del Mar., veinte de noviembre de dos mil veinte RUC 2000760447-6 RIT 7544 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA OSCAR ADOLFO VILLAVICENCIO BRIONES 0017159644- 0 Calle Millaray Block 8 Dpto. 12 paradero 10 de Achupallas Nº . Viña del Mar. Hechos: El día 27 de julio de 2020 a las 20:50 en calle MIllaray con calle Los Niños, Sector Reñaca Alto de esta ciudad el imputado fue fiscali
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