MP C/ GUISSELLE ANDREA ZURITA MESINA
Rol
O-762-2020
Fecha
26 de noviembre de 2020
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva de la acusación, formulada por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: El día 24 de julio de 2020, pasados solo unos minutos de las 00:00 horas, las imputadas Guisselle Zurita Mesina y Nicole Vidal Bustamante, previamente concertadas, llegan hasta las inmediaciones del domicilio ubicado en calle Santa Cruz N° 350, de esta ciudad de Pichilemu. Es así que, ingresan a un sitio colindante, el cual no tiene construcción, saltando una malla, para posteriormente saltar la división de ambos sitios, que es un muro perimetral de madera, finalmente ingresando al domicilio en cuestión por medio del forzamiento de una venta del segundo piso. Acto seguido y estando en el interior de dicho lugar, sustraen diversas especies con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, específicamente un plumón de fibra marca haus, un alargador marca ferroluz, 12 soportes de maderas de cortinas, 7 porta lámparas, 1 ampolleta, 1 pasta de dientes marca pepsodent, 2 envases plásticos de limpiador Virginia, un envase adhesivo de PVC vinilit, 1 envase de limpiador de vidrio marca WYN, un rodillo de amasar madera, un soporte metálico de lámpara, una bolsa de algodón abierta, una tabla de madera de forma rectangular, un vaso de vidrio de color verde con tapa, una tabla de Surf marca flexexposit de color amarillo, negro y blanco, una bolsa de genero azul y una cantidad indeterminada de clavo, tornillos, tarugos y uniones de cobre, posteriormente, esas especies las sacan de dicho domicilio a través de una ventana del primer piso, la cual, sin perjuicio de que tenía fierros, pasan las especies entre medio de los fierros para luego salir de dicho domicilio con las especies en su poder, siendo encontradas por Carabineros aproximadamente entre 50 y 100 metros del lugar. Todo esto ocurriendo y encontrándose éstas en la vía pública, sin perjuicio de que se encontraba vigente la medida de aislamiento sanitaria por hora decretado por el Mini
Fallo
se declara: I.- Que se condena a GUISSELLE ANDREA ZURITA MESINA, C.I. 18.186.706-K y a NICOLE ELIZABETH VIDAL BUSTAMANTE, C.I. 17.715.657-4, ambas domiciliadas en calle Santa Cruz N° 240, Pichilemu, a sufrir cada una de ellas, la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, más la accesoria del a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilidad absoluta para cargos y oficios públicos por el tiempo de la condena, como autoras en grado consumado del delito de Robo en lugar habitado o destinado a la habitacion, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, hecho ocurrido el día 24 de julio de 2020 en la comuna de Pichilemu. II.- Que se condena a GUISSELLE ANDREA ZURITA MESINA, C.I. 18.186.706-K y a NICOLE ELIZABETH VIDAL BUSTAMANTE, C.I. 17.715.657-4, ya individualizadas, a una multa de Una Unidad Tributaria Mensual, cada una, como autoras de la infracción al artículo 318 inciso 1° del Código Penal, hecho ocurrido el día 24 de julio de 2020 en la comuna de Pichilemu. SDXESGZSST Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 26/11/2020 18:10:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ar
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 1 de 4 Procedimiento Abreviado Pichilemu, veintiséis de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1° Que la parte expositiva de la acusación, formulada por el Ministerio Público, es respecto del siguiente hecho: El día 24 de julio de 2020, pasados solo unos minutos de las 00:00 horas, las imputadas Guisselle Zurita M
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