CESAR HUMBERTO VELASQUEZ VARGAS C/ MARIO ALEJANDRO FUENTES PEÑAILILLO
Rol
O-7123-2020
Fecha
25 de noviembre de 2020
Materia
OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: El 14 de julio del año 2020, aproximadamente a las 10:50 horas, los imputados fueron sorprendidos en la población Héroes del Mar, cuando circulaban con rumbo a supermercado Santa Isabel, sin haber obtenido el permiso a la autoridad para circular por la vía pública cuando nos encontrábamos en una situación de cuarentena de acuerdo a la resolución exenta N° 448 del 10 de junio del 2020, que había decretado la cuarentena en virtud de la alerta sanitaria por covid-19. Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 49, 70 y 496 N° 1 del Código Penal; 297, 340 y 388 y siguientes del Código de Procesal Penal; se declara: Que se condena a JONATHAN MAURICIO CONTRERAS STEPHAN y MARIO ALEJANDRO FUENTES PEÑAILILLO, ya individualizados, a sufrir cada uno la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por sus responsabilidades como autores de la falta del artículo 496 N° 1 del Código Penal, cometida en esta ciudad el 14 de julio del 2020. LHKDSHWDWX Mirtza Marisol Gonzalez Vera Juez de garantía Fecha: 30/11/2020 15:38:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Reuniéndose los requisitos legales y entendiendo esta magistrada dada la naturaleza del hecho imputado, que resulta aconsejable; se dará aplicación lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la sentencia y sus efectos por lapso de seis meses, si en este lapso no son requeridos ni formalizados por un nuevo ilícito, la causa será sobreseída. Se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa, por haber evitado la realización de un
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 49, 70 y 496 N° 1 del Código Penal; 297, 340 y 388 y siguientes del Código de Procesal Penal; se declara: Que se condena a JONATHAN MAURICIO CONTRERAS STEPHAN y MARIO ALEJANDRO FUENTES PEÑAILILLO, ya individualizados, a sufrir cada uno la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por sus responsabilidades como autores de la falta del artículo 496 N° 1 del Código Penal, cometida en esta ciudad el 14 de julio del 2020. LHKDSHWDWX Mirtza Marisol Gonzalez Vera Juez de garantía Fecha: 30/11/2020 15:38:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Reuniéndose los requisitos legales y entendiendo esta magistrada dada la naturaleza del hecho imputado, que resulta aconsejable; se dará aplicación lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende la sentencia y sus efectos por lapso de seis meses, si en este lapso no son requeridos ni formalizados por un nuevo ilícito, la causa será sobreseída. Se exime a los sentenciados del pago de las costas de la causa, por haber evitado la realización de
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RUC 2000600795-4 RIT 7123 - 2020 Imputados: JONATHAN MAURICIO CONTRERAS STEPHAN, cédula de identidad N° 16.968.568-1, nacido el 08 junio 1988, domiciliado en Calle Ciruelillo Nº 51, Valparaíso y MARIO ALEJANDRO FUENTES PEÑAILILLO, cédula de identidad N° 18.033.789-K, nacido el 22 febrero de 1992, domiciliado en Pasaje Ciruelillo Block 246 Departamento 34 Población Las Palmas, Valparaíso. Valparaí
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