Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

LABBÉ/KOMATSU CHILE S.A

Rol

T-48-2020

Fecha

13 de noviembre de 2020

Materia

Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la denuncia, indica que con fecha 15 de noviembre del 2019, dentro de la jornada laboral y en dependencias de la Asociación Chilena de Seguridad se le realizó un examen ocupacional tipo SEP, y, conforme a lo indicado en la carta de despido, habiendo resultado positivo se solicitó al mismo organismo la realización de un nuevo examen el cual data del 29 de noviembre del 2020 y que, según señala la empresa, tuvo un carácter confirmatorio. En cuanto al despido, menciona que con fecha 10 de diciembre del 2019, se le comunica mediante carta de despido, invocando la causal N°7 del artículo 160, esto es “incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo”, cuyo tenor es: “La decisión antes señalada se fundamenta en que, con fecha 15 de noviembre del presente año, dentro de la jornada de trabajo y con ocasión de la realización del examen ocupacional tipo SEP, del cal usted participó realizándose éste en dependencias de la Asociación Chilena de Seguridad, se detectó por su parte presencia de Canabinoides” y que en consideración del resultado y conforme a lo dispuesto por la política de Alcohol y Drogas de la empresa se solicitó al mismo organismo la realización de un segundo examen el cual fue realizado el 29 de noviembre detectándose presencia de THC en mi organismo”, reseñando las disposiciones que se señalan infringida del Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad y de la Política de Alcohol y Drogas de la empresa, en relación al artículo 184 del Código del Trabajo, en cuanto se contempla el deber del empleador de cuidar que en sus ambientes laborales no se trabaje bajo la presencia o efecto de drogas u otras sustancias prohibidas que puedan afectar la seguridad de sus trabajadores, siendo la marihuana un alucinógeno que produce una alteración de la senso-percepción que genera condiciones subestándares e inseguras. Realiza un análisis de la política de drogas de la demandada, y las diversas reglamentaciones al efecto, señalando a las cond

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se RECHAZA la excepción de finiquito. II.- Que SE RECHAZA la denuncia de tutela. III.- Que SE RECHAZA la demanda de despido injustificado. IV.- Que cada parte pagará sus costas. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT T-48-2020 RUC 20- 4-0249644-5 Dictada por don ANDRES ANTONIO SANTELICES JORQUERA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta a, trece de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente y se remitieron los correos electrónicos a las partes. 24

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PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Tutela. DEMANDANTE: DUSSAN ANDRÉS LABBÉ ORELLANA. DEMANDADA: KOMATSU CHILE S.A. RIT: T-48-2020 RUC: 20- 4-0249644-5 ____________________________________________________/ Antofagasta, trece de noviembre de dos mil veinte. VISTOS. Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, se inició esta causa R.I.T. T-48-2020, en Procedimiento de Tu

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