Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

GUZMÁN/GRAFICA CHILENA SPA

Rol

M-356-2020

Fecha

12 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, se procede a dictar sentencia. –

Fundamentos

Fundamentos que constan en el registro de audio. SENTENCIA De acuerdo a lo establecido en el artículo 62 del acta 71-2016, se transcribe solo lo resolutivo: Y visto además lo dispuesto en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña Georgina del Carmen Guzmán Cárdenas en contra de Gráfica Chilena Spa representada legalmente por don Arturo Miguel Contreras Riquelme, se declara justificado el despido indirecto de que ha hecho uso la trabajadora y nulo para efectos remuneracionales y se condena al empleador demandado ya individualizado, al pago de las siguientes prestaciones por los conceptos que se indican: a) $493.080.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $253.440.- por concepto de feriado proporcional. c) Cotizaciones de seguridad social de noviembre y diciembre del año 2019, para lo que para lo cual deberá accionarse en los términos del artículo 4° de la ley 17.322.- d) Remuneraciones y demás prestaciones de origen laboral desde el término de los servicios, esto es, desde el 20 de febrero de 2020 hasta la fecha en que el empleador hubiere pagado o pague las cotizaciones de seguridad social de la trabajadora demandante. II. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser solucionadas con los reajustes e interés establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la parte demandada por no haber sido completamente vencida. IV. Ejecutoriada que sea esta sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día y, en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, para su cumplimiento forzos

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 11 de noviembre de 2020 RUC 20-4-0286688-9 RIT M-356-2020 MAGISTRADO María Patricia Salas Sáez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ramón Campos HORA DE INICIO 12:44 HORA DE TERMINO 13:00 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040286688-9-1351 PARTE DEMANDANTE Georgina del Carmen Guzmán Cárdenas RUT : 13.094.024-2 ABOGADO Marí

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