Juzgado de Garantía de Copiapo.

MP C/ MANUEL DOMINGO ARAYA ROJAS

Rol

O-9750-2020

Fecha

22 de noviembre de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “El día 21 de noviembre de 2020, siendo aproximadamente las 12:30 el imputado Manuel Domingo Araya Rojas, ingreso al supermercado “A Cuenta” ubicado en avenida Los Loros N° 1524, de la ciudad de Copiapó, en dicho lugar sustrajo dos paquetes con carne de vacuno, ocultando dichas especies entre sus pantalones intentando posteriormente traspasar la línea de caja sin pagar dichas especies, siendo sorprendido y detenido por personal de seguridad del supermercado. Las especies son avaluadas por la víctima en la suma de $31.060” SE DECLARA: I. Que se condena a MANUEL DOMINGO ARAYA ROJAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm., grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el 21 de noviembre de 2020 , a la pena de UN DÍA (1) PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO,– MULTA UN TERCIO (1/3) Unidad Tributaria Mensual – ACCESORIAS (Accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena). II. La pena de principal como accesoria se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el 21 y 22 de noviembre de 2020. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, de UN MES, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Pro

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MANUEL DOMINGO ARAYA ROJAS, ya individualizado, en calidad de AUTOR, del delito de Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm., grado de desarrollo TENTADO, perpetrado en la comuna de Copiapó el 21 de noviembre de 2020 , a la pena de UN DÍA (1) PRISIÓN EN SU GRADO MINIMO,– MULTA UN TERCIO (1/3) Unidad Tributaria Mensual – ACCESORIAS (Accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena). II. La pena de principal como accesoria se tendrá por cumplida, por el día que pasó a control de detención entre el 21 y 22 de noviembre de 2020. III. Se fija plazo al imputado para el pago de la multa impuesta, de UN MES, mismo plazo que el imputado tendrá para manifestar su voluntad de sustituir la multa por servicios comunitarios. Si no paga la multa o no manifiesta voluntad, se dispondrá la sustitución de la multa por días de privación de libertad, al tenor del artículo 49 del Código Penal. Se EXIME del pago de las costas de la causa. IV. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Las partes renuncian a los plazos, quedando la presente resolución firme y ejecutoriada. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. /dlm. MXWFSEZBRZ Uba

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Copiapó., veintidós de noviembre de dos mil veinte TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Copiapo. MAGISTRADO: UBALDO BASOA OVIEDO RUC: 2001177417-3 RIT: 9750 - 2020 IMPUTADO: MANUEL DOMINGO ARAYA ROJAS C.I. 0008361641-5 FECHA DE NAC. 15 de septiembre de 1959 DIRECCION Calle Ramon Freire 525 Nº . COMUNA: Copiapó. DELITO Hurto simple por

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica