14º Juzgado de Garantía de Santiago

RANDALL DAVID DAVILA SCHIAVOM C/ MARCOS ANTONIO TORO SALINAS

Rol

O-11028-2017

Fecha

18 de noviembre de 2020

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 06 de Diciembre de 2017, la victima don Randall David Dávila Schiaavon, concurre al domicilio del requerido don Marco Antonio Toro Salinas, ubicado en avenida Trinidad Oriente N° 463, comuna de La Florida, lugar donde se concreta la compra-venta de una televisor Smart TV, marca Samsung por la suma de $185.000. Es así, que el día 08 de diciembre del 2017, la victima al probar el televisor advierte que éste presenta una serie de fallas, por lo que se comunica telefónicamente con el requerido quien después de insultarlo procede a amenazarlo de forma seria, grave y verosímil, mediante mensaje whatsapp diciendo:”.. no tai loco tai loco, no vengai na a cuentear feo culiao, ven pa la casa y te voy a tapar en plomo, mono culiao”, para luego agregar :” yo te vendi la huea buena, po loco si yo la ocupe tiempo y la wea me funcionaba bien po vo tu te la piteaste la wea po embalao culiao, la probamos concha tu madre si o no? No venga na a vender la mula colombiano” sic . Es así, que el día 09 de diciembre del 2007, la victima concurre al domicilio del requerido, quien mantiene una discusión, momento en que aparece el hermano del requerido (del cual se desconocen antecedentes), portando un palo con el cual el requerido y su hermano siguen a la víctima dándole alcance en avenida Perú frente al N° 9857, comuna de La Florida, lugar donde le propinan una serie de golpes en diferentes partes del cuerpo. A raíz de la agresión la victima resulto MCXQSECNSX VERONICA ANDREA TOLEDO LOPEZ Juez de garantía Fecha: 19/11/2020 11:09:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl con: “Alerta con abrasión en hombro y brazo iz

Fallo

SE RESUELVE: I. Que SE ABSUELVE al requerido MARCOS ANTONIO TORO SALINAS, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra de ser autor de la Falta de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 494 Nº 5 del Código Penal y del delito de AMENAZAS SIMPLES, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código penal, ambos en grado de desarrollo de consumado, en razón de los hechos supuestamente ocurridos el día 06 de Diciembre de 2017, en La Florida, territorio jurisdiccional de este tribunal. II. Que no se condena al pago de las costas de la causa al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para ejercer la acción penal. Ejecutoriada que sea esta resolución, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. ARCHÍVESE. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. MCXQSECNSX VERONICA ANDREA TOLEDO LOPEZ Juez de garantía Fecha: 19/11/2020 11:09:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1701166757-0 RIT : 11028 - 2017 IMPUTADO : MARCOS ANTONIO TORO SALINAS Cédula de Identidad : 17006890-4 Fecha de nacimiento : 03/02/1989 Domicilio : Calle Trinidad Oriente Nº 463, La Florida. PROCEDIMIENTO : JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. Fecha de sentencia : dieciocho de noviembre de dos mil veinte. JUEZ : VERÓNICA TOLEDO LÓPEZ Hechos El día 06 d

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