MARIA FERNANDA SANFURGO FONCEA C/ SEBASTIÁN ROTHMANN BAUDRAND
Rol
O-103-2020
Fecha
16 de noviembre de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos precedentemente descritos son constitutivos de los delitos de amenazas no condicionales y de lesiones graves, ambos en contexto de violencia intrafamiliar, previstos y sancionados en los artículos 296 N° 3 y 397 N° 2 en relación con el artículo 400, todos del Código Penal y, éstos en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066; ambos en grado de desarrollo consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo previsto en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Luego, en relación a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, expresó que concurre la atenuante de responsabilidad penal comprendida en el artículo 11 N°6 del código de castigo y solicitó se imponga al acusado la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de amenazas en contexto de violencia intrafamiliar y la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, por el delito de lesiones graves; las penas accesorias de prohibición de acercarse a las víctimas, su domicilio, lugar de trabajo o estudio en un radio de doscientos metros y la asistencia obligatoria a programas terapéuticos o de orientación familiar, por el plazo mínimo de un año, de conformidad al artículo 9 de la Ley 20.066 letras b) y d), en relación al artículo 16 de la misma ley; la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de las costas de la causa. SEGUNDO: Alegaciones de apertura de los intervinientes. Al inicio el Ministerio Público manifestó que tendrá la misión de acreditar los hechos de la acusación, acreditando las amenazas y lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar, ambos del mismo día en horas de la tarde y de la noche. Acompañará prueba testimonial y documental, además de pericial, con la que cumplirá el estándar para acreditar los hechos de la acusación y la PAULINA ANDREA ROSALES GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 16/11/2020 13:30:57 WASHINGTON ALEJANDRO JAÑA TAPIA Juez Integrante Fecha:
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que durante el estado de catástrofe imperante en el país desde el 18 de marzo del año en curso, vigente -por ahora- hasta el 15 de diciembre inclusive, este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, ha desarrollado sus funciones basándose en lo dispuesto en la Ley N°21.226, Actas N°41-2020 y N°53-2020, ambas de la Excma. Corte Suprema, Resolución de 28 de mayo del año en curso dictada por la Excma. Corte Suprema en los Antecedentes Administrativos N°335-2020, Protocolos de Manejo y Prevención Ante Covid- 19 en Tribunales y Unidades Judiciales, Protocolo Operativo de Funcionamiento Telemático, Protocolo Común de los Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, Actas de Comité de Jueces N° 16, 20, 21, 24 y 27, todas del año 2020 y, Decreto Económico N°198-2020, entre otros instrumentos dictados con ocasión de la contingencia. Realizándose vía remota los días seis, nueve, diez y once de noviembre del año en curso, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en Sala integrada por las magistrados Carola Herrera Brümmer, quien presidió, Washington Jaña Tapia y Paulina Rosales González, la audiencia de juicio oral Rol Interno N° 103-2020, seguido en contra de Sebastián Rothmann Baudrand, cédula de identidad Nº 18.019.103-8, chileno, soltero, natural de Santiago, nacido el 22 de noviembre de 1991, de actuales 28 años de edad, con estudios universitarios que no especificó, freelance en Marketing, domiciliado en Lateral Kennedy N°10.050 departamento 1.401, de la comuna de Vitacura. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público representado por la Fiscal Adjunta Lorena Rodríguez Gálvez, en tanto la Defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Privado Jorge Lira Calderón; por PAULINA ANDREA ROSALES GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 16/11/2020 13:30:57 WASHINGTON ALEJANDRO JAÑA TAPIA Juez Integrante Fecha: 16/11/2020 14:31:40 XLPRSDXVDX CAROLA ALEJANDRA HERRERA BRUMMER Juez Presidente Fecha: 17/11/2020 10:02:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 su parte, en representación de Javiera Muñoz Awad y Carolina Awad Canala- Echevarría, compareció la abogada María Jesús Wielandt Vidal; intervinientes con domicilio y forma de notificación ya registrada en el Tribunal. PRIMERO: Acusación. Que la imputación efectuada por el persecutor penal público fue del siguiente tenor: “Hecho 1: “El 20 de Octubre de 2018, en horas de la tarde la víctima Javiera Muñoz Awad se encontraba en al Mall Parque Arauco, comuna de las Condes, junto a un amigo y su hija menor, tomando un helado, al interior del local Tony Romas, instantes en que sorpresivamente aparece
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6 y 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 24, 26, 30, 50, 67, 69 y 397 del Código Penal; 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325, 326, 328, 333, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal y demás normas citadas en la sentencia; se declara que: I.- Se absuelve a Sebastián Rothmann Baudrand, de los cargos formulados en su contra en calidad de autor del delito de amenazas no condicionales en el contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 296 N°3 del Código Penal en relación con el artículo 5 de la Ley N°20.066, presuntamente cometido en perjuicio de Javiera Muñoz Awad, el día 20 de octubre de 2018, en la comuna de Las Condes. II.- Se Condena a Sebastián Rothmann Baudrand, en tanto autor del delito de lesiones graves previsto y sancionado en el artículo 397 N°2 del Código Penal, a soportar la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; en tanto autor del delito de lesiones graves, previsto PAULINA ANDREA ROSALES GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 16/11/2020 13:30:57 WASHINGTON ALEJANDRO JAÑA TAPIA Juez Integrante Fecha: 16/11/2020 14:31:40 XLPRSDXVDX CAROLA ALEJANDRA HERRERA BRUMMER Juez Presidente Fecha: 17/11/2020 10:02:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septie
Texto Completo (Preview)
1 PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO C/ : SEBASTIÁN ROTHMANN BAUDRAND Delito : AMENAZAS NO CONDICIONALES Y LESIONES GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR RUC : 1801048746-K RIT : 103-2020 ______________________________________________________/ Santiago, dieciséis de noviembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Que durante
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica