Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

RAMIREZ/RODRIGUEZ

Rol

O-2051-2019

Fecha

10 de noviembre de 2020

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: Registrado en audio. LLAMADO A CONCILIACION: Se deja constancia que efectuado el llamado a conciliación, este se frustra atendida la incomparecencia de la parte demandada. La parte demandante solicita dictación de sentencia inmediata en virtud de la incomparecencia y la no contestación de la demanda en tiempo y forma por la parte demandada, solicitando que en virtud del artículo 453 Nº1 inciso 7, se procedan a dar por tácitamente admitidos los hechos afirmados en el libelo. Tribunal provee: Se procederá a entender por tácitamente admitidos los hechos y a dictar sentencia de inmediato. DICTACION DE SENTENCIA: Concepción, a diez de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: (Registro íntegro en audio) Por estas consideraciones y teniendo presente lo establecido en los artículos 7, 41, 67, 73, 168, 446 a 459 y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña HENCY PAOLA RAMIREZ MONCADA ya individualizada, en contra de ALEXIS JOSE RODRIGUEZ GARCIA también ya individualizado en cuanto se declara que el despido verbal ocurrido con fecha 22 de octubre de 2019 es injustificado y por tal razón se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $308.084 por el concepto de remuneraciones pendientes relativas al período del 1º al 22 de octubre de 2019. b. $6.328.114 por concepto de remuneraciones que le hubiere correspondido percibir hasta la fecha de vencimiento del contrato, esto es el 12 de julio de 2021. c. $59.939 por concepto de feriado proporcional. d. Cotizaciones previsionales y de salud impagas por los periodos de julio y octubre de 2019 respecto de las cotizaciones previsionales que debieren ser enteradas en AFP MODELO S.A. y las previsionales en FONASA. e. Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo desde la fecha del despido, esto es el 22 de octubre de 2019 hasta la convalidación del mismo a razón de una suma mensual de $420.145. II.- Qu

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo establecido en los artículos 7, 41, 67, 73, 168, 446 a 459 y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña HENCY PAOLA RAMIREZ MONCADA ya individualizada, en contra de ALEXIS JOSE RODRIGUEZ GARCIA también ya individualizado en cuanto se declara que el despido verbal ocurrido con fecha 22 de octubre de 2019 es injustificado y por tal razón se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a. $308.084 por el concepto de remuneraciones pendientes relativas al período del 1º al 22 de octubre de 2019. b. $6.328.114 por concepto de remuneraciones que le hubiere correspondido percibir hasta la fecha de vencimiento del contrato, esto es el 12 de julio de 2021. c. $59.939 por concepto de feriado proporcional. d. Cotizaciones previsionales y de salud impagas por los periodos de julio y octubre de 2019 respecto de las cotizaciones previsionales que debieren ser enteradas en AFP MODELO S.A. y las previsionales en FONASA. e. Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo desde la fecha del despido, esto es el 22 de octubre de 2019 hasta la convalidación del mismo a razón de una suma mensual de $420.145. II.- Que las sumas indicadas precedentemente deberán pagarse con reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. III.- Que, no habiendo comparecido la demandada, no habiendo contestado la

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 10 de noviembre de 2020 RUC 19-4-0238200-K RIT O-2051-2019 SALA 4 MAGISTRADO CRISTIAN AGUILA SAEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Josefina Brante Peña HORA DE INICIO 08:33 horas HORA DE TERMINO 08:55 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0238200

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica