MINISTERIO PUBLICO C/ DAVID CONDORI SACARI
Rol
O-1410-2020
Fecha
13 de noviembre de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que el día 17 de febrero de 2020, a las 23:20 horas aproximadamente, en el Complejo Fronterizo Chacalluta, el imputado David Condor Sacari, fue sorprendido por personal de la Brigada Antinarcóticos de Arica, transportando como equipaje una mochila que en su interior contenía otros dos bolsos, los que mantenían doble fondo, incautando JXNXSCVECH Paulina Andrea Zuniga Lira Juez de garantía Fecha: 14/11/2020 13:53:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl dos contenedores con cinta adhesiva de color negro que arrojaron un peso bruto de un kilo con doscientos veinticuatro gramos de clorhidrato de cocaína y un peso neto de novecientos ochenta y siete gramos de dicho alcaloide con un 86% y 80% de pureza “ CALIFICACIÓN JURÍDICA: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de tráfico ilícito de drogas y sustancias estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley N° 20.000, en relación con el artículo 1° del mismo cuerpo legal. Atribuye al acusado participacion en calidad de autor y el delito se encuentra consumado. El Ministerio Público no alega circunstancias agravantes e invoca las circunstancias atenuantes del artículo 11 Nº 6 del Código Penal y 11 Nº 9 del mismo cuerpo legal, esta última, sólo en el evento de aceptación del procedimiento abreviado. CONSULTA DE ADMISIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO: El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, está de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del
Fallo
se declara: I.- Que se condena a DAVID CONDORI SACARI, peruano DNI Nº 47480409-2, cédula de identidad N° 14.875.867-0, ya individualizado, a las penas de tres años y un día de presido menor en su grado máximo, multa de una unidad tributaria mensual, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta JXNXSCVECH Paulina Andrea Zuniga Lira Juez de garantía Fecha: 14/11/2020 13:53:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena y al comiso de las especies y dinero incautados, sin costas, como autor del delito consumado de Tráfico ilícito de drogas, previsto y sancionado en el artículo 3° en relación con el artículo 1° de Ley 20.000, cometido en Arica el día 17 de febrero de 2020. II.- Que cumpliendo el sentenciado los requisitos del artículo 34 de la ley 18.216, se sustituye la pena corporal por la pena de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL, más la prohibición de retornar a este por el lapso de diez años. Si fuere revocada dicha pena sustitutiva deberá cumplir el saldo de la pena corporal, sirviéndole de abono los doscientos
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, doce de noviembre de dos mil veinte Magistrado PAULINA ANDREA ZUÑIGA LIRA Fiscal LUIS SORIANO CARREÑO Defensor DIEGO ALVAREZ TRIGO Tipo Audiencia PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hora inicio 09:53 Hora termino 10:20 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2000185993-6-992-201112-00-06 - PABR PZL CZM RIT 1410 2020 Acta CZM RUC 2000185993-6 RIT 1410 - 2
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