MINISTERIO PUBLICO C/ ÁLVARO JAVIER PAREDES GUTIÉRREZ
Rol
O-2959-2020
Fecha
13 de noviembre de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de octubre de 2020, siendo las 20:00 horas aproximadamente, y previo a ser sorprendido comercializando sustancias ilícitas el acusado don ALVARO JAVIER PAREDES GUTIÉRREZ fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile en la intersección de las calles Rosales y calle Nueva de la comuna de Puerto Varas portando bajo sus vestimentas, concretamente en un bolsillo del pantalón, una bolsa de nylon que contenía 10 envoltorios de papel que en su total mantenían la cantidad bruta de 1,8 gramos de pasta base de cocaína. Estas especies, dado su contexto, no estaban destinadas a un uso personal y próximo en el tiempo, y no estaba el imputado facultado a mantenerlas y poseerlas. Se declara: I.- Que SE CONDENA a ÁLVARO JAVIER PAREDES GUTIÉRREZ, cédula de Identidad N° 12.035.686-0, domiciliado en Calle Centenario 231 loma 7, comuna de Puerto Varas, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, previsto y sancionado en el Art. 4 de Ley 20.000, ocurrido en Puerto Varas el día 28 de octubre de 2020, a la pena de 540 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, EL COMISO DE LAS ESPECIES INCAUTADAS y DETERMINACIÓN DE HUELLA GENETICA PARA REGISTRO DE CONDENADOS. II.- Que, por cumplir los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por RECLUSIÓN PARCIAL, bajo la modalidad de reclusión nocturna, por igual término que la pena privativa de libertad, es decir 540 días, consistente en el encierro en el domicilio del condenado que deberá ratificar su Defensor antes que esta sentencia quede ejecutoriada, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente, sujeto al control de Centro de Reinserción Social Puerto Montt a través de monitoreo telemático. Informe de EMEXSCXX
Fallo
Se declara: I.- Que SE CONDENA a ÁLVARO JAVIER PAREDES GUTIÉRREZ, cédula de Identidad N° 12.035.686-0, domiciliado en Calle Centenario 231 loma 7, comuna de Puerto Varas, por su responsabilidad en calidad de autor del delito consumado de TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGA, previsto y sancionado en el Art. 4 de Ley 20.000, ocurrido en Puerto Varas el día 28 de octubre de 2020, a la pena de 540 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, EL COMISO DE LAS ESPECIES INCAUTADAS y DETERMINACIÓN DE HUELLA GENETICA PARA REGISTRO DE CONDENADOS. II.- Que, por cumplir los requisitos del artículo 8 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por RECLUSIÓN PARCIAL, bajo la modalidad de reclusión nocturna, por igual término que la pena privativa de libertad, es decir 540 días, consistente en el encierro en el domicilio del condenado que deberá ratificar su Defensor antes que esta sentencia quede ejecutoriada, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente, sujeto al control de Centro de Reinserción Social Puerto Montt a través de monitoreo telemático. Informe de EMEXSCXXTE Ximena Cristina Bertin Pugin Juez de garantía Fecha: 13/11/2020 18:37:03 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA
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SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Puerto Varas, a trece de noviembre de dos mil veinte Hechos: El día 28 de octubre de 2020, siendo las 20:00 horas aproximadamente, y previo a ser sorprendido comercializando sustancias ilícitas el acusado don ALVARO JAVIER PAREDES GUTIÉRREZ fue sorprendido por funcionarios de Carabineros de Chile en la intersección de las calles Rosales y calle Nueva de la comu
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