MINISTERIO PUBLICO C/ LORENZO ALEXIS AGUAYO FIGUEROA
Rol
O-199-2019
Fecha
13 de noviembre de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que ante este Juzgado de Garantía de Lota, en causa RUC Nº 1910011994-6, RIT Nº 199-2019, el fiscal adjunto del Ministerio Público don Hugo Cuevas Gutiérrez, presentó acusación en contra de LORENZO ALEXIS AGUAYO FIGUEROA, chileno, sin oficio conocido, cédula identidad Nº16.504.262-K, domiciliado en Avenida La Paz número 9, Población Cantera 1, comuna de Lota en calidad de autor del delito reiterado de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumados. El acusado fue representado por el Defensor Penal Público don Rafael Torres Sandoval. El Ministerio Público funda su imputación en los siguientes hechos: HECHO UNO: “El día 7 de febrero de 2019, cerca de las 17:45 horas, mientras la víctima don Francisco Manuel Avilés Gatica, se hallaba en la intersección de calles Galvarino con Matta en la comuna de Lota, en sus labores de reparto de mercaderías de la empresa Crecer de Concepción, fue abordado por el imputado Lorenzo Aguayo Figueroa, quien le consultó por un número telefónico, y en los momentos en que la víctima buscaba dicha información fue intimidado por Aguayo quien colocó una pistola en su cuello exigiéndole que abriera el banano que portaba desde donde le sustrajo la suma aproximada de $300.000 en dinero efectivo, correspondiente a la recaudación del día, luego de lo cual se dio a la fuga del lugar”. HECHO DOS: “El día 03 de marzo del año 2019 cerca de las 17:30 horas, mientras las victimas Bryan Montes Gatica, y Carolina Sgorbini Durán se hallaban en el sector de Playa chica de Colcura comuna de Lota, fueron abordados por el imputado Lorenzo Aguayo Figueroa, quien premunido de XRQBSCMEXD Cyndia Andrea Contreras Placencia Juez de garantía Fecha: 13/11/2020 15:55:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl un cuchillo los amenazó y exigió la entrega de sus aparatos celulares, logrando sustraerle a Bryan Montes su teléfono Samsung S7, y a Carolina Sgorbini su teléfono Huawei P9, plateado, luego de lo cual el imputado se dio a la fuga con las especies en su poder”. HECHO TRES: “El día 12 de marzo de 2019, cerca de las 17:30 horas mientras las victimas Matías Sanhueza Macaya y Marcela Sepúlveda González, se hallaban en el sector de la playa de Colcura, costado derecho del camino que da a la playa comuna de Lota, fueron abordados por el imputado Lorenzo Aguayo Figueroa, quien premunido de un cuchillo los amenazó y exigió la entrega de sus especies personales, logrando en definitiva sustraerle a Marcela Sepúlveda su teléfono Samsung S6 color negro, y a Matías Sanhueza su mochila,
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1,7, 10, 11 N° 9, 15 N°1,18, 21, 24, 25, 30, 73, 436, 449 del Código Penal; 1, 45, 46, 47, 295, 297, 340, 351, 406, 407, 408, 412, 413 y 468 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA al acusado LORENZO ALEXIS AGUAYO FIGUEROA ya individualizado, a la pena de OCHO AÑOS de PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MINIMO, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; en calidad de autor del delito consumado y reiterado de robo con violencia o intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° del Código Penal. XRQBSCMEXD Cyndia Andrea Contreras Placencia Juez de garantía Fecha: 13/11/2020 15:55:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que no reuniéndose en este caso los requisitos de la Ley 18.216 respecto del sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad deberá ser de manera efectiva, debiendo oficiarse a Gendarmería de Chile para su cumplimiento. III.- De acuerdo al artí
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Individualización de Audiencia de Lectura de Sentencia. VIDEOCONFERENCIA Fecha Lota, trece de noviembre de dos mil veinte Magistrado CYNDIA ANDREA CONTRERAS PLACENCIA Fiscal CRISTIAN VEGA ORIHUELA Defensor MARCIA SOTO VARGAS, msoto@dpp.cl Hora inicio 11:00 Hora término 11:06 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Lota Acta JAIME GONZÁLEZ COVILI RUC 1910011994-6 RIT 199 - 2019 N° registro audio 1
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