10º Juzgado de Garantía de Santiago

LEONIDAS LEODAN MOLINA CORONADO C/ MARCELO ALEJANDRO ZENTENO MORALES

Rol

O-1197-2020

Fecha

12 de noviembre de 2020

Materia

ATENTADOS Y AMENAZAS CONTRA LA AUTORIDAD. ART. 261N? 1Y., CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES., CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITOART. 195LEY DE TRA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos esta ascendía a 0, 77 gramos por litro de XDBXSCFTQN SILVIA CRISTINA CECILIA CARO QUIROZ Juez de garantía Fecha: 16/11/2020 12:11:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl alcohol en la sangre. Finalmente a eso de las 15:20 horas, del día 09 de mayo de 2020, funcionarios de Carabineros, lograron la detención del imputado que se encontraba en la vía pública, en el frontis del domicilio del imputado en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, esto es Av. Central N° 4345, sin contar el imputado con Salvo conducto, autorización provisoria o permiso provisorio para efectos de estar en la vía pública y con ello poniendo en peligro la salud pública. HECHO-2: El día 20 de Junio de 2020, alrededor de las 02:00 horas, el imputado MARCELO ALEJANDRO ZENTENO MORALES fue sorprendido por personal policial transitando por la vía pública, específicamente en la intersección de Avenida Central con Quactemoc, comuna de Pedro Aguirre Cerda, infringiendo las reglas de salubridad vigentes e impuestas por la autoridad mediante Resolución Exenta N° 347 del Ministerio de Salud, de fecha 13 de Mayo de 2020, debidamente publicada en el Diario Oficial el día 14 de Mayo de 2020, que dispuso, prorrogo o expandió, según corresponda, la medida de aislamiento o cuarentena, es decir, que todos los habitantes de la provincia de Santiago, deben permanecer en sus domicilios habituales, la medida establecida empezará a regir a las 22:00 horas del 15 de Mayo de 2020, por un plazo de 7 días, prorrogables si la situación epidemiológica así lo hace aconsejable; prorrogada por Resolución Exenta N° 373 del Ministerio de Salud, de fecha 20 de Mayo de

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RESUMEN TRIBUNAL : DECIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. RUC : 2000467176-8 RIT : 1197 - 2020 DELITO : - ARTÍCULO 318 DEL. CÓDIGO PENAL - ARTÍCULO 318 DEL. CÓDIGO PENAL - MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS - ARTÍCULO N°195 DE LA LEY 18.290 - ARTÍCULO N°193 DE LA LEY 18.290 NOMBRE IMPUTADO : MARCELO ALEJANDRO ZENTENO MORALES. CEDULA DE IDENTIDAD : 13.860.856-5 DOMICILIO : Calle CENTRAL Nº 4345 - PE

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