Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LTDA./INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO CONCEPCION

Rol

I-155-2019

Fecha

9 de noviembre de 2020

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos infraccionales que las originaron, razón por la cual la reclamante renuncio a la prueba ofrecida y se procedió a dictar la presente sentencia. QUINTO: Que, dado la admisión tácita de los hechos por la reclamante, y no avizorándose en el proceso de fiscalización y consecuencialmente en la aplicación de las multas los errores de hecho aludidos por la actora, estima este sentenciador que las multas cursadas se ajustan a derecho. SEXTO: Que, no obstante lo anterior, corresponde atender a la petición de rebaja de las mismas, toda vez que no se aprecia de los antecedentes que obran en el proceso una intención dolosa de parte de la reclamante de incumplir la normativa laboral relativa a la protección de los trbajadores, sino más bien una falta de diligencia que en lo sucesivo deberá ser subsanada, sirviéndole de suficiente elemento disuasivo la presente sanción, más aún cuando consta que las observaciones efectuadas por el organismo fiscalizador fueron debidamente adoptadas por el empleador. Por estas consideraciones, es que se acogerá la petición subsidiaria de rebaja de la multa cursada a la reclamante por parte de la Inspección del Trabajo de Concepción, en los términos que se indicará en la parte resolutiva del fallo. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 184, 432, 456, 458, 459, 406, 511 y 512 del Código del Trabajo, se resuelve: 1°) Que, SE TIENE POR DESISTIDA la reclamación de multa interpuesta por don Bruno Caprile Biermann, en representación, de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, en lo pertinente a dejarlas sin efecto. 2°) Que, SE ACOGE la petición subsidiaria de rebaja respecto de las multas contenidas en la resolución N°1262/19/70-1 y 2 de fecha 28 de agosto de 2019, las que quedas rebajadas de la siguiente forma: a).- N°1, 10 Unidades Tributarias Mensuales. b).- N°2, 20 Unidades Tributarias Mensuales. 3°) Que, no se condena en costas a

Fallo

Por estas consideraciones, es que se acogerá la petición subsidiaria de rebaja de la multa cursada a la reclamante por parte de la Inspección del Trabajo de Concepción, en los términos que se indicará en la parte resolutiva del fallo. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 184, 432, 456, 458, 459, 406, 511 y 512 del Código del Trabajo, se resuelve: 1°) Que, SE TIENE POR DESISTIDA la reclamación de multa interpuesta por don Bruno Caprile Biermann, en representación, de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITADA en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCEPCIÓN, en lo pertinente a dejarlas sin efecto. 2°) Que, SE ACOGE la petición subsidiaria de rebaja respecto de las multas contenidas en la resolución N°1262/19/70-1 y 2 de fecha 28 de agosto de 2019, las que quedas rebajadas de la siguiente forma: a).- N°1, 10 Unidades Tributarias Mensuales. b).- N°2, 20 Unidades Tributarias Mensuales. 3°) Que, no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese, dése copia, devuélvanse los documentos y archívese en su oportunidad. RIT I-155-2019 Dictada por ELIECER ALFONSO CAYUL GALLEGOS, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.

Texto Completo (Preview)

Concepción, nueve de noviembre de dos mil veinte. VISTO, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en este proceso, RIT I-155-2019 del Ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, Procedimiento de Aplicación General Reclamo de Multa, comparece don Bruno Caprile Biermann, abogado, domiciliado en Concepción, calle Aníbal Pinto Nº215, oficina 810, en representación, de ADMINISTRADORA DE S

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