Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MINISTERIO PUBLICO C/ MANUEL RODRIGO ARAOS BUSTOS

Rol

O-119-2020

Fecha

11 de noviembre de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: El día catorce de diciembre del año 2019, aproximadamente a las 15:40 horas, el acusado ingresó mediante escalamiento y forado (de su reja exterior y una de sus paredes, respectivamente) al inmueble –casa habitación- en construcción, ubicado en la ruta F 74 G, kilómetro 54, en la comuna de Casablanca; propiedad de la víctima Fernando Ávila Villena, con el fin de sustraer especies con ánimo de lucro desde su interior. En efecto, una vez allí, el acusado sustrajo, con la finalidad indicada, un pedestal de lavatorio, con el que saltó hacia el exterior del inmueble, apropiándoselo en definitiva; para luego, momentos después, ser detenido por la víctima mencionada, con la especie en su poder. XXKXSBEEHD MARCELA DE LOURDES OSORIO PAEZ Juez Redactor Fecha: 11/11/2020 13:13:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 25 Los hechos descritos, a juicio del persecutor configuran el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 número 1 del Código Penal, refiriendo que se encuentra en grado de desarrollado de consumado. Alega que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Previas citas legales, solicita se aplique al acusado por el delito descrito de robo en lugar no habitado, según lo dispuesto en las normas citadas, y especialmente artículos 442 y 449 (ambos numerales) del Código penal, las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo y la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para ca

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha seis de noviembre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Juez Presidente de Sala don Francisco Hermosilla Iriarte y por los Jueces doña Jany Silva Dawson y doña Marcela Osorio Páez, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RUC N° 1910066228-3, RIT N° 119-2020, seguido en contra de Manuel Rodrigo Araos Bustos, cédula de identidad N°13.229.981-1, nació en Valparaíso el 19 de mayo de 1977, 43 años, enseñanza media completa, obrero, casado, domiciliado calle Roberto Loyola N° 922, Casablanca. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por su fiscal Samuel Nuñez Parga y la defensa, en tanto, fue asumida por la Defensoría Penal Pública, representada por el abogado Sebastián Cáceres Núñez, ambos con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: El día catorce de diciembre del año 2019, aproximadamente a las 15:40 horas, el acusado ingresó mediante escalamiento y forado (de su reja exterior y una de sus paredes, respectivamente) al inmueble –casa habitación- en construcción, ubicado en la ruta F 74 G, kilómetro 54, en la comuna de Casablanca; propiedad de la víctima Fernando Ávila Villena, con el fin de sustraer especies con ánimo de lucro desde su interior. En efecto, una vez allí, el acusado sustrajo, con la finalidad indicada, un pedestal de lavatorio, con el que saltó hacia el exterior del inmueble, apropiándoselo en definitiva; para luego, momentos después, ser detenido por la víctima mencionada, con la especie en su poder. XXKXSBEEHD MARCELA DE LOURDES OSORIO PAEZ Juez Redactor Fecha: 11/11/2020 13:13:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 25 Los hechos descritos, a juicio del persecutor configuran el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 número 1 del Código Penal, refiriendo que se encuentra en grado de desarrollado de consumado. Alega que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Previas citas legales, solicita se aplique al acusado por el delito descrito de robo en lugar no habitado, según lo dispuesto en las normas citadas, y especialmente artículos 442 y 449 (ambos numerales) del Código penal, las penas de cinco años de presidio menor en su grado máximo y la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios público

Fallo

se declara: I.- Que se condena a MANUEL RODRIGO ARAOS BUSTOS, cédula nacional de identidad N°13.229.981-1, a la pena de 60 (sesenta) días de prisión en su grado máximo, como autor del delito frustrado de robo en lugar no destinado a la habitación, previsto en el artículo 442 Nº1 del Código Penal cometido en la comuna de Casablanca, con fecha 14 de diciembre de 2019. II.- Que la pena privativa de libertad se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que permaneció privado de libertad por esta causa según se explicó. Se deja sin efecto el arresto domiciliario nocturno que pesa sobre el acusado antes individualizado. Ofíciese. III.- Que no se condena en costas al acusado. Devuélvanse los elementos de prueba incorporados al juicio. Regístrese y comuníquese oportunamente al Juzgado de Garantía de Casablanca para su cumplimiento. Hecho, archívese. Redactada por la Juez doña Marcela Osorio Páez. RIT 119-2020. RUC 1910066228-3. Dictada por la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, presidida por el Magistrado don Francisco Hermosilla Iriarte e integrada, además, por los Jueces doña Jany Silva Dawson y doña Marcela Osorio Páez. XXKXSBEEHD MARCELA DE LOURDES OSORIO PAEZ Juez Redactor Fecha: 11/11/2020 13:13:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C on

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 25 DELITO: ROBO EN LUGAR NO HABITADO RUC N°: 1910066228-3 RIT N°: 119-2020 ACUSADO: MANUEL RODRIGO ARAOS BUSTOS Valparaíso, once de noviembre de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha seis de noviembre del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Juez Presidente de Sala d

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