FABIAN ANTONIO PALMA VARAS C/ CRISTÓBAL FELIPE AVELLO ORELLANA
Rol
O-954-2020
Fecha
10 de noviembre de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el Ministerio Público formuló requerimiento simplificado verbal, solicitando que sean aplicables las normas del procedimiento monitorio, en atención a lo dispuesto en el artículo 318 inciso tercero del Código Penal; por el siguiente hecho: El día 23 de septiembre de 2020 a las 13:35 horas aproximadamente el requerido se encontraba en la ruta 90, a la altura del kilómetro 123 de la comuna de Pichilemu, en la vía pública y fuera de la comuna de Santa Cruz que es su domicilio, esto, sin perjuicio de no mantener ningún tipo de documentación que le permitiera salir de la comuna de Santa Cruz y de su domicilio, ya que en dicho momento la comuna de Santa Cruz se encontraba en cuarentena total decretada así legalmente. A juicio del Ministerio Público, tales hechos constituyen el delito de Infringir normas higiénicas y de salubridad, descrito y sancionado en el artículo 318 inciso primero del Código Penal, en los que al imputado le cabe participación en calidad de autor, en grado consumado. 2° Que en cuanto a las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, favorece al imputado la aminorante de responsabilidad penal del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, su irreprochable conducta anterior; sin agravantes que invocar. 3° Que la parte considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 49, 50, 67, 69, 70 y 318 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 388, 398 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I).- Que se condena a CRISTÓBAL FELIPE AVELLO ORELLANA, C.I. 19.864.800-0, domiciliado en Calle Nicolas Palacios Nº 436, Santa Cruz, al pago de una multa de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor en grado consumado del delito de Infringir normas higiénicas y de salubridad, descrito y sancionado en el ar
Fallo
se declara: I).- Que se condena a CRISTÓBAL FELIPE AVELLO ORELLANA, C.I. 19.864.800-0, domiciliado en Calle Nicolas Palacios Nº 436, Santa Cruz, al pago de una multa de Un Tercio de Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor en grado consumado del delito de Infringir normas higiénicas y de salubridad, descrito y sancionado en el artículo 318 inciso primero del Código Penal, hecho ocurrido el 23 de septiembre de 2020, en la comuna de Pichilemu. XWZLSXZZXZ Juan Manuel Gatica Lizana Juez de garantía Fecha: 11/11/2020 09:42:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 2 de 2 II).- Que reuniéndose los requisitos del artículo 318 inciso tercero del Código Penal, en relación con el artículo 398 del Código Procesal Penal, se suspende el cumplimiento de la pena impuesta en esta sentencia por el período de seis meses, a contar de esta fecha. Transcurrido este plazo sin que el imputado sea objeto de un nuevo requerimiento o formalización, el Tribunal procederá a dejar sin efecto esta sentencia y en su reemplazo dictará el sobreseimiento definiti
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras, Garantía Familia y Laboral de Pichilemu Página 1 de 2 Procedimiento Simplificado. Pichilemu, diez de noviembre de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1° Que el Ministerio Público formuló requerimiento simplificado verbal, solicitando que sean aplicables las normas del procedimiento monitorio, en atención a lo dispuesto en el artículo 318 inciso tercero del Código Penal;
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