MP C/ PABLO ALEXIS GALARCE MUÑOZ
Rol
O-70-2020
Fecha
9 de noviembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos plasmados en la acusación por un tema de congruencia, razón por la cual solicitará a la sala veredicto absolutorio en favor de Berta Medina. Acto seguido, hizo ver a la sala que lo que deberá probarse durante el juicio resulta ser un supuesto escalamiento que habría realizado su defendida para ingresar a la propiedad, para luego sustraer especies y huir. Sin embargo, lo cierto es que ésta jamás supo nada hasta el momento de su detención. Ella no escaló ni ingresó al domicilio en cuestión. Ese día solo discutió con su pareja y lanzó su bolso, especie que cayó dentro de un domicilio. Adelantó que la propia víctima de los hechos dará cuenta de esto, pues ambos conversaron y ella le pidió que le devolviera el bolso. Relevó que Berta carece de anotaciones penales, al menos como adulto, y que estuvo privada de libertad en razón de esta causa por muchos meses. Concluyó su alegato insistiendo en la absolución de su defendida, a lo más, un desplazamiento del tipo de participación a complicidad o una recalificación eventual del injusto al delito de receptación. Carolina Isabel Garrido Acevedo Juez Presidente Fecha: 09/11/2020 13:35:58 GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Redactor Fecha: 09/11/2020 14:02:07 LSFHSXPXXE Oscar Alfredo Castro Allendes Juez Integrante Fecha: 09/11/2020 14:30:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Cuarto: Declaración del acusado Galarce. Tras ser correctamente informados por la juez presidente de sala acerca de los derechos que les asisten, la acusada Medina decidió ejercer su derecho a guardar silencio como medio de defensa, mientras que, a su turno, el imputado Galarce expresó de
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Intervinientes. Con fecha cuatro de los corrientes, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua integrado en forma virtual, vía plataforma Zoom, por los magistrados Carolina Garrido Acevedo, Óscar Castro Allendes y Gloria Calvo Godoy, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral correspondiente a la causa Rit 70- 2020, seguida en contra de los acusados Pablo Alexis Galarce Muñoz, cédula nacional de identidad Nº 18.646.522-9, chileno, nacido en la ciudad de Rancagua con fecha 6 de noviembre de 1993, 26 años, soltero, empleado y domiciliado en calle Pasaje Panilonco Block 01045, departamento 303, Población Baltazar Castro; y de la imputada doña Berta del Carmen Medina Orellana, cédula de identidad N° 20.166.048-3, nacida en Doñihue con fecha 10 de agosto de 1999, 21 años de edad, soltera, dueña de casa y domiciliada en calle 21 de Mayo #020, sector Lo Miranda, ambos domicilios en la ciudad de Rancagua. Sostuvo la acusación enarbolada por el Ministerio Público, la fiscal Fabiola Echeverría. Por su parte, ejerció la defensa penal pública de los acusados, el abogado Óscar Ortega Fernández en representación del acusado Galarce Muñoz, y el abogado Pablo Fernández Pérez, respecto de la imputada Medina Orellana. Se hace presente que todos los profesionales citados poseen domicilio y forma de notificación ya registra en el tribunal. Segundo: Acusación Fiscal. Los cargos formulados por el órgano persecutor se plasmaron en el auto de apertura de juicio oral, por medio de la siguiente relación fáctica: El día 05 de agosto del año 2019, siendo aproximadamente las 21:00 horas ambos imputados mediante escalamiento de una reja perimetral ocurrida en el lugar ingresan al domicilio ubicado en calle René Roa N° 27 de la comuna de Rancagua, una vez en el interior de las dependencias de la casa habitación, proceden a ingresar por una puerta de comedor al interior del mismo, domicilio que se encontraba en ese momento habitado, pero las personas que se encontraban en su interior no se dan cuenta esto, hasta que los imputados en el interior del domicilio proceden a sustraer especies, específicamente diversas especies que al momento de darse cuenta las víctimas y encontrar a los imputados en el interior del domicilio, huyen con un teléfono celular, dando inmediatamente cuenta a carabineros, carabineros proceden a su alcance, recuperando la especie, específicamente el celular en poder de la imputada Berta Medina Orellana y al imputado Pablo Galarce le encuentran en su poder un bolso y una herramienta tipo napoleón en su interior. Carolina Isabel Garrido Acevedo Juez Presidente Fecha: 09/11/2020 13:35:58 GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Redactor Fecha: 09/11/2020 14:02:07 LSFHSXPXXE Oscar Alfredo Castro Allendes Juez Integrante Fecha: 09/11/2020 14:30:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hor
Fallo
fallo y el tenor de la decisión de esta sala, no cabe duda de que esta magistratura compartió, en términos generales, la visión jurídica enarbolada por las defensas penales de ambos acusados. Y si bien rechazó la tesis de recalificación del injusto para el acusado Galarce a la figura de hurto simple, aquello fue abordado, razonado y argumentado al momento de analizar el hecho y la calificación jurídica del mismo, razón por la cual se omitirá hacer un nuevo pronunciamiento de la materia a este estadio del fallo por considerarlo inoficioso. Decimotercero: Audiencia Especial de Determinación de Pena. Tras haberse comunicado veredicto condenatorio en contra del acusado Galarce, la fiscal del caso incorporó en la audiencia respectiva el extracto de filiación y antecedentes del acusado y solicitó la imposición de la pena mínima para el referido. A su turno, su defensa penal se allanó a la solicitud de la fiscal instando a la sala a la imposición de la pena mínima, la cual sería procedente bajo su entender -incluso- si Carolina Isabel Garrido Acevedo Juez Presidente Fecha: 09/11/2020 13:35:58 GLORIA ESPERANZA CALVO GODOY Juez Redactor Fecha: 09/11/2020 14:02:07 LSFHSXPXXE Oscar Alfredo Castro Allendes Juez Integrante Fecha: 09/11/2020 14:30:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C h
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MINISTERIO PÚBLICO C/PABLO ALEXIS GALARCE MUÑOZ Y BERTA DEL CARMEN MEDINA ORELLANA. DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION O SUS DEPENDENCIAS. RUC 1900836631-7 RIT 70-2020 Rancagua, a nueve de noviembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Intervinientes. Con fecha cuatro de los corrientes, ante la sala del Tribunal de Jui
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