1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CONTRERAS/EXPROCHILE. S.A.

Rol

O-4051-2019

Fecha

6 de noviembre de 2020

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-4051- 2019 por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Hugo Enrique Contreras Reyes cédula nacional de identidad N° 17.052.910-3 con domicilio en calle Gil de Castro 03720 comuna de Lo Espejo, en contra de Expo Chile S.A, rol único tributario N° 76.293.090-0, representada legalmente por doña María Paz Álvarez Reyes cédula nacional de identidad N° 17.088.304-7, ambos con domicilio en calle Almirante Pastene N° 244 comuna de Providencia. El demandante fue asistido por el abogado Juan Reyes Reyes mientras que la demandada fue asistida por el abogado Rubén Jiménez Apablaza.

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Argumentos y pretensiones del actor. Expone en síntesis el demandante que con fecha 24 de agosto de 2017 ingresó a prestar servicios para demandada desempeñando las funciones de operario de logística. Su remuneración era variable y el promedio mensual de los últimos tres meses correspondientes a enero, febrero y marzo 2019 ascendía a la suma de $532.283. Con fecha 22 de abril de 2019 su ex empleador puso fin a la relación laboral invocando la causal establecida en el artículo 160 N°5 del Código del Trabajo, esto es, actos, omisiones, imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento a la seguridad o a la actividad de los trabajadores o a la salud de estos, fundado en que el día 18 de abril de 2019 mientras se encontraba en el horario de colación de repente un compañero trabajo le hizo una broma y lo tomó por la espalda y al zafarse este compañero cae y se hace un herida en el dedo índice, le avisaron al jefe quien informó de lo sucedido a su empleador y éste al presentarse a trabajar el día lunes lo llama la oficina de personal indicándole que se encontraba despedido por lo sucedido el día 18 de abril, enviándole carta de despido el día 22 de abril. Manifiesta no encontrarse de acuerdo con la causal invocada por cuanto la acción por el realizada no cumple los requisitos de fundamento de la causal invocada. Solicita en definitiva se acoja la demanda declarando injustificado el despido condenando la demandada a pagar la suma de $1.064.057 por concepto de indemnización por años de servicio; la suma de 851.163 correspondiente recargo legal del 80% o $1,064,167 por concepto de recargo legal del 100% de la indemnización por años de servicio; la suma $532.283 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; $451.051, por concepto de feriado legal y $ 391.200, por concepto de feriado proporcional. Todo con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Contestación de la demanda. Que al contestar la demandada manifiesta que efectivamente existió una relación de carácter laboral con el demandante la que se desarrolló entre el entre el 24 de agosto de 2017 y el 22 de abril de 2019, en la que este se desempeñó como operario logístico en la empresa Ariztía. La remuneración pactada en su contrato consistía en un sueldo base de $270.000, más una asignación de movilización mensual de $15.000.-. El contrato señala expresamente que Página 2 de 10 las asignaciones se pagarán en proporción a los días efectivamente trabajados. El sueldo base se fue modificando según el sueldo mínimo establecido en la ley, por lo que desde el día 1 de marzo de 2019, su sueldo base correspondía a $301.000.- proporcional a los días y tiempo efectivamente trabajados Manifiesta que la carta certificada enviada al domicilio del trabajador, sí cumple con todos los requisitos establecidos en la ley, tanto en el plazo y forma de envío, como también en su contenido, esto debido a que con fecha 22 de abril de 2019, se puso té

Fallo

fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 3,160, 162, 168, 172, 173, 425, 453 y 454, 456, 459 y siguientes, del Código del Trabajo y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Hugo Enrique Contreras Reyes cédula nacional de identidad N° 17.052.910-3 en contra de Expo Chile S.A, rol único tributario N° 76.293.090-0, representada legalmente por doña María Paz Álvarez Reyes cédula nacional de identidad N° 17.088.304-7, todos previamente individualizados y se declara que el despido del trabajador se fecha 22 de abril de 2019, es indebido, en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor lo siguiente: a) $1.064.057 por concepto de indemnización por años de servicio; b) $851.163 por concepto de recargo legal del 80% de la indemnización por años de servicio. c) $532.283 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; d) $ 109.018, por concepto de feriado proporcional. II.- Que las sumas anteriormente indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e interés que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la demanda en todo lo demás. IV.- Que no habiendo resultado ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagara sus costas. IV.- Ejecutoriada que sea la presente resolución cúmplase con lo dispues

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, seis de noviembre de dos mil veinte. VISTOS Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-4051- 2019 por despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Hugo Enrique Contreras Reyes cédula nacional de identidad N° 17.052.910-3 con

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