ASTETE/OUTSALES SPA
Rol
O-2979-2019
Fecha
6 de noviembre de 2020
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda, los desconoce absolutamente, por lo que los niega y refuta en todas sus partes. Finaliza solicitando el rechazo de la demanda y en subsidio, se le condene únicamente de manera subsidiaria. CUARTO: Que con fecha 29 de julio de 2019 tuvo lugar la audiencia preparatoria. En ella, se llamó a los litigantes a conciliación, proponiendo al efecto el Tribunal bases concretar de un posible acuerdo, el cual no prosperó. Atendido lo precedentemente relatado y existiendo al juicio del tribunal hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, fijo los siguientes hechos a probar: 1. Existencia de vinculo de subordinación y d dependencia en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, en la afirmativa , fecha de inicio , labor ejecutada, remuneración pactada y demás estipulaciones.- 2. En caso de procedencia del punto anterior, circunstancias del término de la relación habida entre el actor y la demandada principal, cumplimiento de las formalidades legales para poner término al contrato de trabajo. 3. Efectividad de adeudarse comisiones por la demandada principal 4. Efectividad que se encuentran impagas las cotizaciones de seguridad social.- 5. Efectividad que la actora ejerció sus labores en régimen de subcontratación para Vtr Comunicaciones Spa, en la afirmativa, si a esta le cabe responsabilidad solidaria o subsidiaria.- QUINTO: Que para acreditar sus alegaciones la parte demandante rindió en las audiencias de juicio los siguientes medios de prueba consistentes en: I.- Documental: Incorporó mediante lectura los siguientes documentos no objetados de contrario, consistente en: Formularios de Solicitud de Servicios Nuevos Números nuevos 6085076 de fecha 5 de Febrero de 2019. 6085075 de fecha 4 de Febrero de 2019 6080375 de fecha 20 de Diciembre de 2018 6080374 de fecha 20 de Diciembre de 2018 6085558 de fecha 28 de Diciembre de 2018 6083138 de 28 Diciembre de 2018 6083139 de 28 Diciembre de 2018 6085556 de 22 de Noviembre de 2018 6085074
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso CAROLINA ASTETE CATALDO C.I. N° 8.712.184-4, empleada, domiciliada en Teatro Recoleta N° 50, Maipú, quien interpone demanda en juicio ordinario del trabajo, procedimiento de aplicación general, en contra de OUTSALES SpA, RUT N° 76.595.298-0, sociedad mercantil, representada por doña Adela Jaidar Mella, rut 7.248.242-5, ambos domiciliados para estos efectos en Los Conquistadores 2251 of 4, Providencia y solidariamente a la mandante de la demandada principal VTR Comunicaciones SpA, empresa del giro de su denominación Rut 76.114.143-0, representada por su gerente general don Guillermo Alejandro Ponce Miguel, cédula de identidad número 10.536.897-6 ambos domiciliados en Av. Apoquindo número 4800 de la comuna de Las Condes, a fin de que se declare la existencia de la relación laboral entre las partes, y que además se declare que el despido es injustificado y nulo, y que se obligue al demandado al pago de las indemnizaciones y prestaciones que se indican, con los recargos legales correspondientes, con intereses, reajustes y costas. Fundamentando lo anterior expresa lo siguiente: Que, a contar del 14 de noviembre de 2018, ingresó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para OUTSALES SpA, siendo contratada en base a un supuesto contrato a honorarios, de esa misma fecha, con vigencia supuestamente hasta el 31 de diciembre de 2018. Las labores de la actora eran de EJECUTIVA VTR NEGOCIOS TERRENO debiendo realizar labores como vendedora de los servicios de la mandante de la demandada principal, con las funciones señaladas en la cláusula primera del contrato labor que desempeñó en forma ininterrumpida hasta su despido, el cual le fue notificado verbalmente por don Mario Riveros Riveros con fecha 15 de febrero de 2019, dos meses después de que terminase la vigencia del supuesto contrato de honorarios. Las funciones que efectuó doña CAROLINA ASTETE CATALDO, desde su contratación hasta el día de su despido, el que, reitera, se produjo incluso dos meses después de terminada la vigencia del supuesto contrato de prestación de servicios, se realizaron de manera estable y permanente. Para el pago de sus remuneraciones, dentro de sus obligaciones estaba el emitir un informe de ventas, en el cual se detallaba e informaba a su jefatura de las labores realizadas durante el mes. Es importante señalar que si este informe no lo entregaba no se procedía al pago de sus remuneraciones mensuales, lo que no puede ser otra cosa más que una manifestación plena de la potestad de mando de sus jefaturas superiores. Así las cosas, la demandante fue desvinculada sin que por parte del empleador se diera cumplimiento a las formalidades del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es sin previo aviso, vulnerando así las normas básicas del derecho laboral, privándola, de sus cotizaciones previsionales y de salud, a sabiendas de indispensables labores que realizaba para la demandada. La demandada Solidaria VTR COMUNICACIONES SpA
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda deducida en estos autos. II.- Que NO SE CONDENA en costas a la demandante por haber litigado con motivo plausible. Una vez ejecutoriada la presente sentencia definitiva, devuélvanse los documentos guardados en custodia. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT : O-2979-2019 RUC : 19- 4-0184551-0 Pronunciada por don GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular (D) del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a seis de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, seis de noviembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso CAROLINA ASTETE CATALDO C.I. N° 8.712.184-4, empleada, domiciliada en Teatro Recoleta N° 50, Maipú, quien interpone demanda en juicio ordinario del trabajo, procedimiento de aplicación general, en contra de OUTSALES SpA, RUT
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