GALINDO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CORONEL
Rol
O-98-2019
Fecha
6 de noviembre de 2020
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, en éstos antecedentes RIT O-98-2020 RUC 19-4-0240429-1, con fecha 28 de diciembre de 2020, comparece doña CAMILA NATALIA GALINDO LÓPEZ, chilena, matrona, cédula nacional de identidad N° 17.042.652-5, domiciliada en Octava Avenida número 1563, comuna de San Miguel, señalando que, quien viene en deducir demanda en Procedimiento Ordinario de Aplicación General Laboral por Declaración de Relación Laboral y Cobro de Prestaciones Laborales Adeudadas, en contra de su ex empleador, la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CORONEL, Rol Único Tributario N° 69.151.200-2, representado en virtud del artículo 4º del Código del Trabajo por don Boris Felipe Chamorro Rebolledo, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Notros N° 1489, Comuna de Coronel, y expone: Que el 7 de enero del año 2014 entró a trabajar al Centro de Salud Familiar Lagunillas, ubicado en la comuna de Coronel, en el cargo de matrona dentro del programa Chile Crece Contigo, el cual forma parte del sistema de protección social, administrado, coordinado, supervisado y evaluado por el Ministerio de Desarrollo Social. Esta relación laboral se formalizó mediante múltiples contratos de honorarios celebrados al inicio de cada año, convenciones que en realidad eran contratos de trabajo. Su jornada laboral eran 44 horas semanales; jornada completa que no se redujo en ningún momento. El vínculo laboral se mantuvo vigente hasta el momento que presentó su renuncia, el viernes 28 de junio de 2019, haciéndose efectiva el lunes 1 de julio. Durante todo este periodo de tiempo desempeñó un cargo evidentemente estable, permanente e indispensable en la organización jerárquica de la Municipalidad. Estuvo sujeta a jornadas de trabajo claramente establecidas, al poder de mando de sus superiores y, a su vez, al deber de obediencia en el desempeño de sus funciones. Que, desde junio del año 2014 a julio de 2016, ejerció la subrogancia de la jefatura del Servicio de orientación medico estadí
Fundamentos
motivos laborales”, además de hacer presente que la señora Vejar no es parte en la causa, ya que el demandado es la Ilustre Municipalidad de Coronel y el representante legal es el alcalde don Boris Chamorro Rebolledo. Testimonial: Comparecieron a prestar declaración, los siguientes testigos: 1.- Belén Antonieta Galindo López, cedula de identidad 18.405.234-2; y 2.- Ruth Natacha López Stefoni, cedula de identidad 7.343.091-7. QUINTO: Que la demandada, por su parte, incorporó los siguientes medios de pruebas ofrecidos: Documental (folio 96 y 97): 1.- Contrato de prestación de servicios profesionales a honorarios entre la actora y la I. Municipalidad de Coronel, de fecha 11 de diciembre de 2018. 2.- Copia de Decreto alcaldicio N°15.596, de 11 de diciembre de 2018, que aprueba contra de prestación de servicios de la actora de la misma fecha. 3.- Copia de Renuncia de la demandante de fecha 28 de junio de 2019. 4.- Decreto alcaldicio N° 10.484, de 2 de julio de 2019 que aprueba renuncia voluntaria de Camila Galindo a contar del 1 de Julio de 2019. 5.- Copia de Convenio de ejecución “Programa de Apoyo al desarrollo Biopsicosocial en las redes asistenciales”, de 16 de enero de 2018. 6.- Copia de Resolución exenta 2.R. 0770, de fecha 2 de febrero de 2018, que aprueba el convenio de 16 de enero de 2018 para la ejecución del Programa de Apoyo al desarrollo Biopsicosocial en la red asistencial año 2018. 7.- Copia de Decreto Alcaldicio N°978 de 29 de enero de 2018 que aprueba Convenio de fecha 16 de enero de 2018. 8.- Copia de MEMO N° 12, Departamento de Salud Municipal, “Materia: “Convenio Programa Apoyo al desarrollo Biopsicosocial en las redes asistenciales” CHCC 2018., de 30 de enero de 2018. 9.- Copia de Ordinario G N°102, DAS Coronel, “Materia: Informa desarrollo Convenio”, de fecha 2 de febrero de 2018. 10.- Copia de convenio “Programa de Apoyo al desarrollo Biopsicosocial en las redes asistenciales de 13 de febrero de 2019. 11.- Copia de Resolución 2.R. 1238 de 5 de marzo de 2019 que aprueba convenio para ejecución del Programa de Apoyo al desarrollo Biopsicosocial. 12.- Copia de Decreto Alcaldicio N°2203 de 20 de febrero de 2019 que aprueba Convenio de fecha 13 de febrero de 2019. 13.- Copia de MEMO N° 22 Departamento de Salud Municipal “Materia: “Convenio Programa Apoyo al desarrollo Biopsicosocial en las redes asistenciales “CHCC 2019”, de 28 de febrero de 2019. SEXTO: Que con la prueba rendida en autos, valorada de conformidad a las reglas de la sana crítica, o bien por tratarse de hechos no controvertidos, es posible dar por acreditadas en autos las siguientes circunstancias: 1°.- Que por medio de un “contrato de prestación de servicios profesionales a honorarios”, de fecha 21 de diciembre de 2016, la I. municipalidad de Coronel contrató los servicios profesionales a honorarios de doña Camila Galindo López, para desempeñarse como matrona en el Programa de Apoyo al Desarrollo Biopsicosocial en las Redes Asistenciales CH.C.C. año 201
Fallo
En mérito de lo expuesto y normas legales citadas, solicita tener por interpuesta demanda por Declaración de Relación Laboral y Cobro de Prestaciones Laborales en contra de la Ilustre Municipalidad de Coronel, y se declare la existencia de Relación Laboral entre las partes, y que por ende, se le adeudan las prestaciones indicadas precedentemente, condenando al demandado a cancelar las sumas señaladas, con los reajustes e intereses legales, con costas. SEGUNDO: Que, por la demandada compareció, con fecha 11 de febrero de 2020, don Cesar Méndez Manríquez, abogado, en representación de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CORONEL, quien viene en contestar la demanda solicitando el rechazo de la misma en todas sus partes, con costas, por las alegaciones, excepciones y defensas que a continuación se indican: Controvierte expresa y formalmente todos los hechos expuestos en la demanda, con excepción de aquellos que en la contestación fueren reconocidos, y reconoce expresamente: 1.- Existencia de un contrato de prestación de servicios a honorarios entre la I. Municipalidad de Coronel y doña Camila Natalia Galindo López, de fecha 11 de diciembre de 2018, para prestar servicios profesionales como Matrona, con una vigencia que va desde el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, en el Programa de apoyo al desarrollo Biopsicosocial en las redes asistenciales Chile crece contigo”. 2.- Que la actora presentó su renuncia voluntaria por escrito con fecha 28 de junio de 2019, a su contrato de prestac
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Coronel, seis de noviembre de dos mil veinte VISTO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que, en éstos antecedentes RIT O-98-2020 RUC 19-4-0240429-1, con fecha 28 de diciembre de 2020, comparece doña CAMILA NATALIA GALINDO LÓPEZ, chilena, matrona, cédula nacional de identidad N° 17.042.652-5, domiciliada en Octava Avenida número 1563, comuna de San Miguel, señalando que, quien viene en deducir dema
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