C/ KEVIN ALEXIS BAEZ HERNÁNDEZ
Rol
O-642-2020
Fecha
15 de octubre de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra del imputado, fundándolo en que el día 22 de enero del año 2020, siendo aproximadamente las 12:00 horas, el imputado ya individualizado ingresó a la tienda Ripley, ubicada en Avenida Vicuña Mackenna N° 7110, La Florida, lugar donde procedió a tomar desde el interior una polera marca Adidas, especie que ocultó y luego traspasó el sector de cajas sin pagar por ella y fue detenido por personal de WWSHRZLCXP CARLOS HUMBERTO MUNOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 06/11/2020 12:52:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl seguridad con la especie aun en su poder, especies avaluadas en la suma de $ 26.990. Según el Ministerio Público, los hechos antes descritos son constitutivos del delito de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado. Al requerido se le atribuye participación en calidad de autor ejecutor en los términos del artículo 15 Nº 1 del Código Penal. Que, según el Ministerio Público, concurre la agravante de reincidencia genérica. Es en virtud de lo anterior que se solicitó la imposición de una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal y multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público, en su alegato de apertura, señaló que acreditará los hechos del requerimiento. TERCERO: Que, la Defensa, en su alegato de apertura, solicitó la absolución, ya que no se acreditará la participación del imputado. CUARTO: Que, el imputado KEVIN ALEXIS BAEZ HERNÁNDEZ, debidamente enterado de sus derechos, ejerció su derecho a guardar silencio en el juicio QUINTO: Que, el Ministerio Público, para acreditar su teoría del caso, rindió prueba testimonial consistente en la declaración de la siguiente testigo: Declaración de doña Manuel Rioseco Molina, el que previamente juramentado señaló ser encargado de seguridad. Sabe por quéviene a WWSHRZLCXP CARLOS HUMBERTO MUNOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 06/11/2020 12:52:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl declarar. Por ser él aprehensor en un ilícito ocurrido el 22 de enero del 2020 como al medio día; a una persona al salir de uno de los accesos del l
Fallo
por tanto se resuelva conforme a derecho NOVENO: Que, la Defensa, en su alegato de clausura, reiteró su solicitud de absolución. La declaración del testigo fue contundente en WWSHRZLCXP CARLOS HUMBERTO MUNOZ SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 06/11/2020 12:52:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl cuanto al hecho, indicando detalles de su comisión, pero en cuanto a la participación no lo fue. El testigo no fue capaz de señalar las características físicas del sujeto controlado, sólo que era un varón y por tanto no se cumple el estándar de convicción. DÉCIMO: Que, el hecho requerido consistió en que el imputado procedió a tomar desde el interior tienda Ripley, ubicada en Avenida Vicuña Mackenna N° 7110, La Florida, una polera marca Adidas, especie que ocultó y luego traspasó el sector de cajas sin pagar por ella y fue detenido por personal de seguridad con la especie aun en su poder. El hecho fue acreditado, más no la participación del imputado. En efecto, la declaración del encargado de seguridad del local comercial don Manuel Rioseco Molina, se caracterizó por su objetividad y claridad. Fue capaz de describir u
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C/ KEVIN ALEXIS BAEZ HERNÁNDEZ. RIT: 642-2020. RUC: 2000087854-6. HURTO SIMPLE. Santiago, quince de octubre del 2020. Que, ante este 14º Juzgado de Garantía de Santiago con fecha 15 de octubre del 2020 se celebró audiencia de juicio oral simplificado bajo la dirección del Juez Carlos Muñoz Sepúlveda, en la causa RIT 642- 2020, seguida contra KEVIN ALEXIS BAEZ HERNÁNDEZ, cédula nacional de ide
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