MP C/ YANINE TAMARA CARREÑO CARREÑO
Rol
O-57-2020
Fecha
6 de noviembre de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constituyen el delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 4 de la ley 20.000 en el cual a los acusados les ha correspondido, según lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal, la calidad de autores ejecutores de los hechos materia de la acusación. A juicio de la Fiscalía, respecto de ambos imputados concurre la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal la atenuante del artículo 11 Nº 6 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior, sin que les perjudiquen agravantes. El Ministerio Público solicita se aplique a cada uno de los encartados la pena de tres años de presidio menor en su grado medio y multa de 10 Unidades Tributarias Mensuales, accesorias legales, comiso del dinero y de la pesa digital y las costas que procedan conforme el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. Ya en el juicio, en su alegato de apertura, el fiscal sostuvo que durante el juicio se acreditará los hechos materia de acusación y participación con la declaración de carabineros pues ellos adoptaron el procedimiento correspondiente. Se dará cuenta de los indicios que arrojaron una comercialización de droga, quedando de esta forma asentado el ánimo de comercializar pequeñas cantidades de cannabis sativa a distintos consumidores que concurrían al domicilio señalado. Solicita veredicto condenatorio. A su vez, en el alegato de cierre, indicó que, como se adelantó, serían las circunstancias señaladas por los funcionarios policiales lo que lograrían acreditar los NXTGRZPRJM Felipe Ignacio Cortes Ibacache Juez Redactor Fecha: 06/11/2020 10:09:27 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascu
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 del Código Penal; 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342 y 343 del Código Procesal Penal; 1 y 4 de la ley 20.000; y demás disposiciones pertinentes, se declara que: I.- Se absuelve a YANINE TAMARA CARREÑO CARREÑO y a SEBASTIÁN IGNACIO HERNÁNDEZ LEIVA, de la acusación deducida en su contra por el Ministerio Público de ser autores ejecutores de un delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga, ilícito previsto y sancionado en el artículo 4 en relación a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Nº20.000, supuestamente cometido el día 19 de agosto del año 2019, en la comuna de San Fernando. II.- No se condena en costas al Ministerio Público. En su oportunidad, ofíciese al Juzgado de Garantía de San Fernando, vía sistema computacional, remitiendo esta sentencia con certificado de encontrarse ejecutoriada, para los efectos que correspondan. De conformidad a lo establecido en el artículo 17 de la ley 20.568, inclúyase la presente sentencia en el respectivo informe mensual al Servicio Electoral, una vez que se encuentre ejecutoriada. Regístrese. Sentencia redactada por el juez Felipe Cortés Ibacache. RIT 57-2020 RUC 1900890161-1 NXTGRZPRJM Felipe Ignacio Cortes Ibacache Juez Redactor Fecha: 06/11/2020 10:09:27 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visu
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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Fernando 1 SENTENCIA DEFINITIVA San Fernando, seis de noviembre de dos mil veinte. PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando, constituido por los jueces Marcela Yáñez Cabello, Marisol López Machuca y Felipe Cortés Ibacache, se llevó a efecto el día 03 de noviembre la audien
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