Juzgado de Garantía de Antofagasta.

MPA C/ PIO FILEMON BERNA DELGADO

Rol

O-5676-2019

Fecha

2 de noviembre de 2020

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 02 de junio de 2019 aproximadamente a las 06:25 horas en la intersección de calle Av. Pedro Aguirre Cerda con Caparrosa de la comuna de Antofagasta, los acusados Beymar Espinoza Berna junto a Pio Berna Delgado fueron sorprendidos transitando en la camioneta PPU LDPS.14 marca Chevrolet, modelo New Demax, color rojo, año 2019, lo que previamente había sido sustraída a quien se encontraba encargado de ella, la víctima de iniciales M.A.O.M. desde las afueras del inmueble ubicado en calle Río Los Cipreses Nª377 de la comuna de Antofagasta, no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de dicho móvil, los acusados que transitaban con las llaves originales del vehículo, llaves que de igual forma le habían sido sustraídas a la víctima el mismo 02 de junio de 2019 en horas previas. Tras ellos circulaba de igual forma el acusado Alem Berna Berna conduciendo la camioneta PPU CGJX.23 marca Nissan, modelo Terrano, año 2010, color rojo a cargo de la víctima de iniciales M.A.B.J. refiriendo que esta había sido sustraída previamente a las 20:00 horas en las afueras del domicilio signado con el Nª 4583 de la calle Abraham Lincon de la comuna de Antofagasta, el acusado no podía menos que conocer el origen ilícito de dicho móvil, toda vez que hacía contacto al vehículo con la chapa de ignición reventada, lo que había ocasionado con un destornillador que mantenía al interior del mismo vehículo receptado.” Los hechos anteriormente descritos configurarían el delito receptación de vehículos previsto y sancionado en los artículos 456 bis A inc. 3ª del Código Penal, en el cual se le atribuye al acusado participación en calidad de autor directo, de conformidad a TFHHRZNQRQ Luisa Andrea Antipan Meliqueo Juez de garantía Fecha: 06/11/2020 15:09:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano estableci

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que en este Juzgado de Garantía de Antofagasta, se dicta sentencia en procedimiento abreviado, causa Ruc Nº 1900585853-7, RIT 5676 - 2019, seguida en contra BEYMAR HERNAN ESPINOZA BERNA, boliviano, cédula de identidad N°22.250.929-7, domiciliado calle San Martin 2634 Nº OF. 31, Antofagasta, el acusado como AUTOR de delito RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS previsto y sancionado en los artículos 456 BIS A inc. 3ª del Código Penal, en grado de desarrollo CONSUMADO, perpetrado entre el día 02 de junio de 2019 en la comuna Antofagasta. LOS FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA AL TENOR DEL ARTÍCULO 413 DEL CODIGO PROCESAL PENAL SON LOS SIGUIENTES: PRIMERO: ACUSACIÓN Que se dedujo acusación escrita, solicitándose en audiencia proceder en conformidad a las reglas del procedimiento abreviado en contra de BEYMAR HERNAN ESPINOZA BERNA, por los siguientes hechos: “El día 02 de junio de 2019 aproximadamente a las 06:25 horas en la intersección de calle Av. Pedro Aguirre Cerda con Caparrosa de la comuna de Antofagasta, los acusados Beymar Espinoza Berna junto a Pio Berna Delgado fueron sorprendidos transitando en la camioneta PPU LDPS.14 marca Chevrolet, modelo New Demax, color rojo, año 2019, lo que previamente había sido sustraída a quien se encontraba encargado de ella, la víctima de iniciales M.A.O.M. desde las afueras del inmueble ubicado en calle Río Los Cipreses Nª377 de la comuna de Antofagasta, no pudiendo menos que conocer el origen ilícito de dicho móvil, los acusados que transitaban con las llaves originales del vehículo, llaves que de igual forma le habían sido sustraídas a la víctima el mismo 02 de junio de 2019 en horas previas. Tras ellos circulaba de igual forma el acusado Alem Berna Berna conduciendo la camioneta PPU CGJX.23 marca Nissan, modelo Terrano, año 2010, color rojo a cargo de la víctima de iniciales M.A.B.J. refiriendo que esta había sido sustraída previamente a las 20:00 horas en las afueras del domicilio signado con el Nª 4583 de la calle Abraham Lincon de la comuna de Antofagasta, el acusado no podía menos que conocer el origen ilícito de dicho móvil, toda vez que hacía contacto al vehículo con la chapa de ignición reventada, lo que había ocasionado con un destornillador que mantenía al interior del mismo vehículo receptado.” Los hechos anteriormente descritos configurarían el delito receptación de vehículos previsto y sancionado en los artículos 456 bis A inc. 3ª del Código Penal, en el cual se le atribuye al acusado participación en calidad de autor directo, de conformidad a TFHHRZNQRQ Luisa Andrea Antipan Meliqueo Juez de garantía Fecha: 06/11/2020 15:09:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consul

Fallo

se declara: I.- Que se condena a BEYMAR HERNAN ESPINOZA BERNA, boliviano, cédula de identidad N°22.250.929-7, A LA PENA DE (3) TRES AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, SUSPENSION DE CARGO Y OFICIO PÚBLICO POR EL TIEMPO DE LA CONDENA, MULTA EQUIVALENTE A CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por su responsabilidad como AUTOR de un delito CONSUMADO DE RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS previsto y sancionado en los artículos 456 bis A inc. 3ª del Código Penal; cometido el día 02 de junio de 2019, en la comuna de Antofagasta. II.- Que en el condenado concurren los requisitos para acceder a la pena sustitutiva contemplada en los artículos 1, 4 y siguientes la de la Ley 18.216, esto es, LA REMISION CONDICIONAL DE LA PENA POR EL TÉRMINO DE TRES AÑOS, sujeto a la discreta observación y asistencia del Centro de Reinserción Social que corresponda al domicilio del sentenciado, organismo perteneciente a Gendarmería de Chile. En caso de incumplimiento y de acuerdo a las circunstancias de éste, podrá revocarse esta pena sustitutiva o bien intensificarse, en caso que deba ingresar a cumplir pena efectiva. TFHHRZNQRQ Luisa Andrea Antipan Meliqueo Juez de garantía Fecha: 06/11/2020 15:09:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, dos de noviembre de dos mil veinte. CONSIDERANDO: Que en este Juzgado de Garantía de Antofagasta, se dicta sentencia en procedimiento abreviado, causa Ruc Nº 1900585853-7, RIT 5676 - 2019, seguida en contra BEYMAR HERNAN ESPINOZA BERNA, boliviano, cédula de identidad N°22.250.929-7, domiciliado calle San Martin 2634 Nº OF. 31, Antofagasta, el acusado como AUTOR de delito RECEPTACIÓN

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