M.P. C/ LEONARDO ANTONIO RUBIO HERNÁNDEZ
Rol
O-6092-2020
Fecha
29 de octubre de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 24 de agosto del año 2020, cerca de las 13:15 horas, el imputado ingreso al supermercado mayorista 10 que se ubica en Camilo Henríquez 898 de Curicó, y con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño sustrajo 6 bolsas de carne de distintos cortes, avaluados en la suma total de $49.020, para luego traspasar el lineal de cajas sin cancelar su valor. Calificación jurídica: hurto simple. La participación es en calidad de AUTOR, en grado de desarrollo CONSUMADO. 2. Que el requerimiento del fiscal aparece suficiente fundado, el imputado, en conocimiento de sus derechos ha admitido responsabilidad en los hechos descritos en el requerimiento, los que a juicio de este sentenciador se enmarca dentro de un accionar ilícito. 3. Que el Ministerio Público ha reconocido la atenuante del número 9 del artículo 11 del Código Penal, colaboracion sustancial y ha solicitado la pena indicada en el acta de esta audiencia. 4. Que la defensa no discute la existencia del delito, la participación del imputado ni la pena solicitada. Solicita rebaja de la multa al mínimo y el pago en parcialidades y se de por cumplida la pena con el tiempo en que el imputado ha estado privado de libertad. EKPZRZNDHJ Jorge Omar Valenzuela Navarro Juez de garantía Fecha: 05/11/2020 22:29:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Y conforme a lo expuesto lo dispuestos por los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 30, 49, 70, 432 y 446 número 3 del Código Penal; Artículos 45, 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y ley 18.216, SE RESUELVE: I).- Que, SE CONDENA a LEONARDO ANTONIO RUBIO HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad 11.834.7
Fallo
SE RESUELVE: I).- Que, SE CONDENA a LEONARDO ANTONIO RUBIO HERNÁNDEZ, cédula nacional de identidad 11.834.734-K, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, el que se encuentra en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en Curicó, el día 24 de agosto de 2020, a cumplir la pena de SESENTA Y DOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, más las accesorias legal de suspensión del cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena, al pago de una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II).- Que habiendo estado privado de libertad en esta causa durante 65 días, SE LE DA POR CUMPLIDA la pena III).- En cuanto a la multa, a petición del sentenciado se sustituye la multa por tres días de reclusión y se le compensan por los tres días que le sobran del tiempo que ha estado privado de libertad, por lo que se da por cumplida. IV).- Que, NO SE CONDENA EN COSTAS al sentenciado, en virtud del mérito de la admisión de responsabilidad en los términos del artículo 395 del Código Procesal Penal, y además, por haber sido representado por la Defensoría Penal Pública lo que presupone su privilegio de pobreza. V).- Habiendo renunciado los intervinientes a los recursos legales, queda esta sentencia ejecutoriada. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Dése oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Proc
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., veintinueve de octubre de dos mil veinte Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado JORGE OMAR VALENZUELA NAVARRO Imputado LEONARDO ANTONIO RUBIO HERNÁNDEZ C.I. 11.834.734-K Fecha Nacimiento 10 de junio de 1971 Dirección Curicó, Población Santa Fe Nº 164 DELITO Hurto simple Participación Autor Grado desarrollo Consumado Atenuantes Artíc
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