M.P. C/ CHRISTIAN ELADIO ESPINO LOBATON
Rol
O-2913-2019
Fecha
4 de noviembre de 2020
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 21 de mayo de 2019, a las 22.00 horas aproximadamente, en el interior del domicilio ubicado en calle La Tirana Nº 2320, en la comuna de Colina, el imputado CHRISTIAN ELADIO ESPINO LABATON agredió a la víctima SARAY FERRADA ADAMES, con un pedazo de vidrio, cortándole la cara. Producto de la agresión, la víctima resultó con “herida cortante en lado derecho de la cara con pérdida de tejido” de carácter menos grave, que suelen sanar en un lapso de tiempo de entre 15 y 30 días, salvo complicaciones y que dejan como secuela estética una extensa cicatriz facial derecha, apreciable a simple vista. SE DECLARA: I. Que se condena a CHRISTIAN ELADIO ESPINO LOBATON, cédula de identidad N° 0014873949-8, ya individualizado, como autor del delito de LESIONES MENOS GRAVES que afecto a doña Saray Ferreda Adasme, hecho ocurrido el día 21 de mayo de 2019, en la ciudad de Colina, a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena. II. Que el cumplimiento de la pena se tendrá por cumplida, con el mayor tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad en esta causa, entre los días 22 de mayo de 2019 y el 08 de octubre de 2019 III. Que habiendo admitido el sentenciado este procedimiento, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 38 de la ley 18.216. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. SHJKRZYEMF CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 05/11/2020
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a CHRISTIAN ELADIO ESPINO LOBATON, cédula de identidad N° 0014873949-8, ya individualizado, como autor del delito de LESIONES MENOS GRAVES que afecto a doña Saray Ferreda Adasme, hecho ocurrido el día 21 de mayo de 2019, en la ciudad de Colina, a sufrir la pena de 41 DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena. II. Que el cumplimiento de la pena se tendrá por cumplida, con el mayor tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad en esta causa, entre los días 22 de mayo de 2019 y el 08 de octubre de 2019 III. Que habiendo admitido el sentenciado este procedimiento, se le exime al imputado del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 38 de la ley 18.216. Téngase presente renuncia a recursos y plazos legales realizada por los intervinientes. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. SHJKRZYEMF CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 05/11/2020 14:02:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O
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SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Colina, cuatro de noviembre de dos mil veinte. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 1900539572-3 RIT: 2913 - 2019 IMPUTADO: CHRISTIAN ELADIO ESPINO LOBATON C.I. 14.873.949-8 FECHA DE NACIMIENTO 22-05-1981 DIRECCIÓN Pasaje PUTRE Nº 761 COMUNA: Colina. DELITO LESIONES MENOS GRAVES ARTICULO 399
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