1º Juzgado de Letras de Rengo

ROZAS/OSORIO

Rol

O-31-2020

Fecha

5 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos pertinentes, sustanciales ni controvertidos. Por otro lado, respecto al privilegio de pobreza que alega la contraria en el escrito de contestación, esta parte solicita que se tenga presente que no se presume el privilegio de pobreza, siendo solo la Corporación de Asistencia Judicial, quien representa bajo la presunción de tener dichos privilegios. Sin perjuicio de lo antes dicho, esta parte estará a lo que resuelva el Tribunal respecto de dicho privilegio. El Tribunal Resuelve: Atendido al privilegio de pobreza, el Tribunal no tiene inconveniente en tenerlo presente. En relación a lo solicitado por la parte demandante, siendo efectivo el allanamiento total a la demanda interpuesta en contra de la demandada, el Tribunal omitirá la recepción de la causa a prueba y procederá a dictar sentencia de inmediata. VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se interpuso una demanda de parte de don Juan Enrique Rozas Morales, trabajador, domiciliado en Río Elqui N° 1189, Rosario, comuna de Rengo, en contra de doña Romina Andrea Osorio López, empresaria, con domicilio en calle Coronel Marzan N° 280, comuna de Rengo y/o Guacolda Cabezas N° 353 de la misma comuna, a fin de que se declare la nulidad del despido, el despido indirecto y se obligue al pago de prestaciones con expresa condenación en costas. Las consideraciones de hecho y de derecho se dan por reproducidas por constar en el sistema SITMIX de este Tribunal, y asimismo, por razones de economía procesal. SEGUNDO: Que comparece la demandada, allanándose en todas sus partes a la demanda interpuesta en su contra. TERCERO: Que atendido el estado procesal de la causa, se omitió la recepción de la causa a prueba, por resultar innecesario, de conformidad a la ley. CUARTO: Que de conformidad con el allanamiento total presentado por la demandada, el tribunal tendrá por acreditados todos y cada uno de los presupuestos fácticos que ameritan acoger la demanda en todas sus partes, según se dirá en lo resolutivo. Por dichas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 160, 171, 446 y siguientes, 456, 458 y 459 del Código del Trabajo

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Juan Enrique Rozas Morales en contra de doña Romina Andrea Osorio López, declarándose, en consecuencia lo siguiente: a).- Que el despido indirecto realizado de conformidad al Artículo 170 y 160 N°7 del Código del Trabajo, por incumplimiento grave de las obligaciones, se encuentra ajustado a derecho. b).- Que el despido indirecto no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo para efectos remuneracionales. II.- Que de conformidad con lo anterior, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a).- Remuneraciones íntegras y cotizaciones de seguridad social que se devenguen desde el despido indirecto, esto es, desde el día 30 de diciembre de 2019, hasta la fecha de convalidación del despido en los términos ordenados por la ley. b).- Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la cantidad de $ 376.250. c).- Indemnización por 9 años de servicio, por la cantidad de $ 3.386.250. d).- Recargo legal del 50%, por la cantidad de $ 1.693.125. e).- Cotizaciones previsionales, por los conceptos y períodos señalado en la letra a), b) y c) de lo principal del libelo (página 8). f).- Compensación de feriado proporcional por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2019 y el 30 de diciembre de 2019, esto es, 2 meses y 29 días, equivalentes a 5,19 días corridos, por la cantidad de $ 65.091. g).- El pago de intereses y reajustes, con relación a los montos indicados precedentemente, c

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 de noviembre de 2020 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 20-4-0256816-0 RIT O-31-2020 MATERIA Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones MAGISTRADO DON SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Silva San Martín HORA DE INICIO 09:44 horas HORA DE TERMINO 10:0

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