Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

MAUREIRA/INVERSIONES BABY CENTER SPA

Rol

O-601-2019

Fecha

4 de noviembre de 2020

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 19- 4-0227515-7; RIT N° O-601-2019; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Ordinario, como demandante doña Nora Elizabeth Maureira Carrasco, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad N° 14.269.865-K, domiciliada en 23 1/2 Poniente Número 0517 de la comuna y ciudad de Talca, representada en juicio por los abogados don Nicolás Salhus Mardones y don Cristóbal Alonso Tobar Zúñiga y es parte como demandada Inversiones Baby Center SpA, representada en juicio por los abogados Francisco Javier Migliardi Zambrano y don Cristian Andrés Silva Cerda, ambos domiciliados en calle Huelén N° 248, comuna de Providencia Santiago, empresa del giro de su denominación, RUT N° 76.056.632- 2, representada legalmente por dona Andrew John Thompson, de nacionalidad Australiano, domiciliado en calle San Ignacio N° 751, Comuna de Quilicura, Región Metropolitana.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto en los artículos 415, 420, 425, 432, 446, 452, 453, 454, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo, SE ACOGE en todas sus partes la demanda deducida por doña Nora Elizabeth Maureira Carrasco, en contra de Inversiones Baby Center SpA, ambas ya individualizadas, declarándose en consecuencia: I.- Que el despido de la trabajadora demandante por la causal de necesidades de la empresa, es improcedente, debiendo la parte demandada pagar a la demandante las siguientes indemnizaciones y recargos. a) $661.516, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $2.646.063, por concepto de indemnización por años de servicios. c) $793.818, por concepto de recargo legal de la indemnización por los años de servicios. II.- Que el despido de la parte demandante ocurrido con fecha 17 de julio de 2019, no produce el efecto de poner término al contrato, debiendo la parte demandada pagar a la demandante pagar las remuneraciones que se devenguen desde la fecha de la separación ya indicada a la fecha de convalidación legal del despido, sobre la base de una remuneración mensual imponible de $661.516. III.-Que sin perjuicio de lo anterior, la parte demandada deberá pagar a las respectivas instituciones de seguridad social, las cotizaciones previsionales en AFP Hábitat correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio de 2019. Asimismo deberá pagar al Fondo Nacional de Salud, las cotizaciones correspondiente

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Talca, 4 de Noviembre de 2020 TRIBUNAL Juzgado de Letras del Trabajo de Talca RUC 19-4-0227515-7 RIT O-601-2019 MAGISTRADO Jaime Álvaro Cruces Neira ACTA Sylvia Campos Valenzuela SALA 2 HORA DE INICIO 09:31 horas HORA DE TERMINO 09:53 horas N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0227515-7-1341 PARTE DEMANDANTE NO COMPARECIENTE N

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