JUAN CARLOS LOPEZ LOPEZ C/ FRANCISCO JAVIER ALARCÓN BARRÍA
Rol
O-2810-2020
Fecha
29 de octubre de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 31 de julio de 2020, a las 10:35 horas, en circunstancias que personal de carabineros realizaba patrullaje en la población, en virtud de la vigencia de Estado de Excepción Constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado por DTO. Supremo N° 104 de fecha 18/03/2020 y encontrándose vigente cuarentena Obligatoria decretado por resolución exenta N° 552, de fecha 14/07/2020, del Ministerio de Salud, se sorprende en la vía pública específicamente en calle Las Industrias a la altura del N° 149 de la villa Santa Laura de Rengo, al requerido Francisco Alarcón Barria y Joaquín Aro Vidal a los que se les solicita permiso temporal documentación que le autorice para encontrarse a la hora del control en la vía pública, manifestando no contar con el documento, no encontrándose en situación de emergencia, poniendo con su conducta en peligro la salud pública. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 70, 318 y pertinentes, del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a FRANCISCO JAVIER ALARCÓN BARRÍA, Chileno, nacido el 31 de marzo de 1993, cédula de identidad N° 18.261.930-2, domiciliado en VILLA ESPERANZA, RÍO ELQUI Nº 228, RENGO y a JOAQUÍN ESTEBAN ARO VIDAL, Chileno, nacido el 07 de febrero de 1992, cédula de identidad N° 18.150.416-1, domiciliado en VILLA ARAUCANIA, LAGO CABURGA N° 1920, RENGO a sufrir, cada uno de ellos, una pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autores del delito de poner en peligro la salud pública por infracción de reglas higiénicas o de salubridad en tiempos de epidemia. MNSHRXXHNT Claudia Loreto Garrido Rosales Juez de garantía Fecha: 02/11/2020 14:27:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a FRANCISCO JAVIER ALARCÓN BARRÍA, Chileno, nacido el 31 de marzo de 1993, cédula de identidad N° 18.261.930-2, domiciliado en VILLA ESPERANZA, RÍO ELQUI Nº 228, RENGO y a JOAQUÍN ESTEBAN ARO VIDAL, Chileno, nacido el 07 de febrero de 1992, cédula de identidad N° 18.150.416-1, domiciliado en VILLA ARAUCANIA, LAGO CABURGA N° 1920, RENGO a sufrir, cada uno de ellos, una pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autores del delito de poner en peligro la salud pública por infracción de reglas higiénicas o de salubridad en tiempos de epidemia. MNSHRXXHNT Claudia Loreto Garrido Rosales Juez de garantía Fecha: 02/11/2020 14:27:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800
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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju
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