Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MIGUEL ANGEL VASQUEZ PEÑA C/ FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS

Rol

O-35-2020

Fecha

31 de octubre de 2020

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION., ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Durante los días 26 y 27 de octubre del presente año, ante una de las Salas, de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto, por el sistema de video conferencias, en la plataforma Zoom, la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS, Cédula de Identidad N° 17.184.069-4, 31 años, nacido en Talca, el 6 de enero de 1989, soltero, estudios medios completos, maestro estucador, domiciliado en calle 19 Norte, 4 y 5 Oriente, N°1137, población Padre Hurtado, de Talca, actualmente recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Curicó. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público, representado por la Fiscal, doña Gabriela Vargas Riquelme, con domicilio en calle Uno Sur N° 790, de esta ciudad. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Privado, don Iván Gómez Oviedo, con domicilio en calle 1 Oriente N° 1120, oficina 303, Edificio Cervantes, Talca.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según consta del auto de apertura, es del siguiente tenor: En cuanto a los hechos: 1.- “Que en Talca, el día 30 de septiembre de 2017, personas desconocidas, ingresaron a dependencia de la empresa Movistar ubicada en calle 1 sur N°1188, donde procedieron a sustraer y apropiarse con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de diversos teléfonos celulares, algunos de ellos nuevos y otros que estaban en reparación, hechos que fueron denunciados como delito de robo en lugar no habitado según da cuenta el parte N°3058 de fecha 30 de septiembre de la tercera comisaría de Talca, y entre las especies sustraídas se encontraban un teléfono Motorola modelo G3, de color negro de propiedad de la víctima J.F.G.D.F. quien al día siguiente de la sustracción procedió a recibir en su cuenta de correo electrónico los días 1, 2 y 4 de octubre del 2017, fotografías en virtud de un programa que tenía instalado en su teléfono, cuyas fotografías que daban cuenta que lo mantenía o mantuvo en su poder en las fechas señaladas el acusado, FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS, toda vez que aparecía este en las fotografías que habría recepcionado en los días señalados por la víctima, conociendo o no FQERXPPCL Cecilia Del Carmen Díaz Arrué Juez oral en lo penal Fecha: 31/10/2020 12:13:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 pudiendo menos que conocer el origen ilícito, teniendo presente la fecha y el delito del cual provenía”. 2.- “Que la víctima M.A.V.P., se desempeña como comerciante, distribuir de cigarros, manteniendo mercadería guardada en una de las dependencias de la casa ubicada en Villa Doña Antonia calle Colbún N°318, de Maule, lugar en el cual si bien es una casa está destinada a guardar la mercadería de su negocio. En estas circunstancias, el día 22 de Noviembre del 2017, en horas de la madrugada, el acusado, FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS, movilizado en el vehículo PPU CDPD-95 y con la intención de sustraer especies, acompañado de otros sujetos a la fecha no identificados, llegaron hasta el inmueble de la víctima M.A.V.P., ubicado en calle Colbún 318 de Maule y a través de forado realizado en la reja que sirve de cierre perimetral de la referida vivienda, accedió a su patio trasero para luego forzar las protecciones metálicas de una de las ventanas, luego quebrar su vidrio y a través de ésta ingresar a la casa habitación, procediendo a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de sus dueño 5, cajas de cigarrillos de las marcas PALLMAN BOX AZUL, KENT, BELMONT, PALLMAN ROJO, LATINO CLIP, avaluadas toda

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 28, 50, 432, 440 N° 1, 442 N° 1 y 449 N° 2 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 329, 340, 341, 342, 344, 346, 347, 348 y 351 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se ABSUELVE a FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS, ya individualizado, de la acusación que lo suponía autor del delito consumado de receptación, que se habría perpetrado entre los días 1 y 4 de octubre de 2017, en esta ciudad. II.- Que se CONDENA a FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS, como autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas, cometido en un lugar no habitado, en perjuicio de M.A.V.P., perpetrado en Maule, el día 22 de noviembre de 2017, como autor del delito de robo con fuerza en las cosas, en grado de consumado, perpetrado en un lugar destinado a la habitación, en perjuicio de Cristian Alejandro Maureira Rojas, y como autor del delito tentado de robo con fuerza en las cosas, cometido en un lugar habitado, en perjuicio de María Paz Fernández Garcés, ambos perpetrados en la comuna de San Clemente, el día 10 de enero de 2018, a la PENA ÚNICA de ONCE AÑOS de presidio mayor en su grado medio y la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. III.- Atendida la extensión de la pena privativa de libertad impuesta, ésta deberá cumplirse ef

Texto Completo (Preview)

1 Talca, treinta y uno de octubre de dos mil veinte. VISTO: Durante los días 26 y 27 de octubre del presente año, ante una de las Salas, de este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto, por el sistema de video conferencias, en la plataforma Zoom, la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida contra FERNANDO NEMECIO AMARO GANGAS, Cédula de Identidad N° 17.1

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