Juzgado de Garantía de Temuco.

JORGE ARMANDO CORREA AGUERO C/ CÉSAR ANTONIO REUQUE MOLINA

Rol

O-6094-2017

Fecha

27 de octubre de 2020

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos: Se tuvo por acreditado que César Antonio Reuque Molina, cédula de identidad N° 15.249.439-4, nacido el día 23 de agosto de 1983, obrero de la construcción, domiciliado en calle Maquehue N° 505, Padre Las Casas, el día 30 de abril de 2017, aproximadamente a las 16:15 horas, fue sorprendido por Carabineros en Avenida Villa Alegre a la altura del N° 922 de la comuna de Padre las Casas conduciendo un minibus, marca Hyundai, modelo Grace, placa patente única SX-1404, con capacidad para el trasporte de 12 pasajeros, sin la licencia de conducir correspondiente. Que el contenido íntegro de esta sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40-2014; Y VISTOS ADEMAS; Lo dispuesto en los artículos 83 de la Constitución Política de la República de Chile, 1 de la Ley N° 19.640, artículos 1, 12 y 194 de la ley N° 18.290; artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 25 del Código Penal, artículos 3, 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 1, 4, 24 y 35 de la Ley N° 18.216; se declara: I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a César Antonio Reuque Molina, ya individualizado, a cumplir una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción de vehículo sin contar con la licencia requerida, perpetrado el 30 de abril de 2017 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. II.- Que la pena impuesta a la sentenciada se sustituye por remisión condicional de la pena, con un lapso de observación y control de un año ante TBXXRXSJXK Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 30/10/2020

Fallo

se declara: I.- Que se acoge el requerimiento promovido por el Ministerio Público, sólo en cuanto se condena a César Antonio Reuque Molina, ya individualizado, a cumplir una pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción de vehículo sin contar con la licencia requerida, perpetrado el 30 de abril de 2017 en esta ciudad, sin costas, por haber admitido responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento. II.- Que la pena impuesta a la sentenciada se sustituye por remisión condicional de la pena, con un lapso de observación y control de un año ante TBXXRXSJXK Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 30/10/2020 21:00:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl el Centro de Reinserción Social de Temuco, al cual deberá presentarse el día 17 de noviembre de 2020. En caso que el cumplimiento de la pena sustitutiva no pueda iniciarse por tmotivo o circunstancia atribuible a Gendarmería o a este tribunal el sentenciado deberá comunicarlo de inmediato a siu defensor

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Temuco, veintisiete de octubre de dos mil veinte. Vistos y oídos: Se tuvo por acreditado que César Antonio Reuque Molina, cédula de identidad N° 15.249.439-4, nacido el día 23 de agosto de 1983, obrero de la construcción, domiciliado en calle Maquehue N° 505, Padre Las Casas, el día 30 de abril de 2017, aproximadamente a las 16:15 horas, fue sorprendido por Carabineros en Avenida Villa Alegre a l

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