1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MORENO/SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SPA

Rol

M-1043-2020

Fecha

3 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Despido injustificado, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no controvertidos los cuales fueron aceptados por las partes, a saber: 1. Fecha de inicio y de término de la relación laboral, 22 de noviembre del 2019 a 29 de febrero del 2020. 2. Base de cálculo para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, $538.969 3. Que la causal de despido fue la del 159 N° 4 del Código del Trabajo, vencimiento del plazo. Continuando con la misma llamó a los litigantes a conciliación, proponiendo al efecto el Tribunal bases concretar de un posible acuerdo, el cual no prosperó. Atendido lo precedentemente relatado y existiendo al juicio del tribunal hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, fijos los siguientes hechos a probar: 1. Características del contrato que unía a las partes. 2. Efectividad de los hechos contenidos en la carta y procedencia de la causal de despido invocada. 3. Efectividad de adeudarse horas extras al trabajador y monto de las mismas. CUARTO: Que, en la misma audiencia única, para acreditar sus alegaciones la parte demandada incorporó en la audiencia de juicio los siguientes documentos no objetados de contrario, consistentes en: 1. Contrato de trabajo de fecha 22 de noviembre de 2019. 2. Anexo de contrato de trabajo de fecha 1 de enero de 2020. 3. Carta aviso término de contrato de fecha 29 de febrero de 2020. 4. Finiquito de trabajador de fecha 29 de febrero de 2020, autorizado con fecha 12 de marzo de 2020. Además solicitó la confesional, sin que el demandante haya comparecido a prestar declaración. QUINTO: Que a su turno la parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba: I.- Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 22 de noviembre de 2019. 2. Finiquito de trabajador de fecha 29 de febrero de 2020. 3. Carta de aviso de terminación de contrato de trabajo de fecha 29 de febrero de 2020. 4. Liquidaciones de sueldo de los meses de noviembre, diciembre de 2019, enero y febrero de 2020. 5. Ingreso de reclamo ante la Inspección del Trabajo. 6. Copias libro de asistencia de los meses de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece JUAN LUIS MORENO CORBALAN, cesante, domiciliado para estos efectos en Compañía de Jesús N°1390, oficina 1403, comuna de Santiago, quien interpone demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, en contra de SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SpA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Osvaldo Exequiel Jara Soto, ambos domiciliados en Av. Américo Vespucio N°1001, Comuna de Quilicura, a fin de que se declare que el despido que fue objeto, fue ilegal, injustificado e improcedente y que como consecuencia de lo anterior se le adeudan las prestaciones que reclama en su libelo, con costas. Fundando lo anterior señala que con fecha 22 de noviembre de 2019, comenzó a trabajar para Servicios Integrales de Seguridad SpA, en el cargo de guardia de seguridad, con una remuneración de $538.969. Indica que su contrato se pactó a plazo fijo hasta el 31 de diciembre de 2019, continuando el actor prestando servicios para su empleador luego de expirado el plazo. En cuanto al despido, señala que con fecha 28 de febrero de 2020 se le informa por el Supervisor Iván San Juan mediante carta el término de su contrato de trabajo a contar del 29 de febrero de 2020 por la causal del artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, esto es, vencimiento del plazo convenido en el contrato. Estima que no procede la causal de despido que se utilizó a su respecto, atento lo que prescribe el artículo 159 N°4 inciso final del Código del Trabajo. Previas citas legales y jurisprudenciales, solicita se condene a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. La suma de $538.969 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2. La suma de $32.760.- por concepto de 14 horas extraordinarias (valor hora extraordinaria $2.340) 3. Intereses y reajustes hasta la fecha efectiva del pago. 4. Que se condena a la demandada al pago de las costas. SEGUNDO: Que la demandada evacuando el traslado que le fuera conferido solicitó el rechazo de la demanda con costas. Fundamentando lo anterior expresa que son efectivas las fechas de inicio y término de la relación laboral y que, efectivamente, se aplicó la causal establecida en el artículo 159 Nª4 del Código del Trabajo para proceder a despedir al demandante, entendiendo el demandado que la causal se encuentra perfectamente bien aplicada y que corresponde a derecho su utilización. En cuanto al cobro de horas extraordinarias, señala que nada se adeuda por tal concepto. Finaliza solicitando se rechace la demanda en todas sus partes, con costas. TERCERO: Que con fecha 30 de octubre de 2020 tuvo lugar la audiencia única, en ella el tribunal fijó los siguientes hechos no controvertidos los cuales fueron aceptados por las partes, a saber: 1. Fecha de inicio y de término de la relación laboral, 22 de noviembre del 2019 a 29 de febrero del 2020. 2. Base de cálculo para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, $538.969 3. Que la causal de despid

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones, interpuesta por JUAN LUIS MORENO CORBALAN en contra de SERVICIOS INTEGRALES DE SEGURIDAD SpA II.- Que cada parte pagará sus costas, entendiendo el tribunal que el actor litigó con motivo plausible. Ejecutoriada la presente sentencia definitiva, hágase devolución de los documentos guardados en custodia. Regístrese y archívese en su oportunidad, RIT : M-1043-2020 RUC : 20- 4-0263177-6 Pronunciada por don GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular (D) del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a tres de noviembre de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece JUAN LUIS MORENO CORBALAN, cesante, domiciliado para estos efectos en Compañía de Jesús N°1390, oficina 1403, comuna de Santiago, quien interpone demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, en contra de SERVICIOS

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