2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BURGOS/INMOBILIARIA CONSTRUCTORA NUEVA PACIFICO SUR LIMITADA

Rol

O-3719-2020

Fecha

2 de noviembre de 2020

Materia

Costas, Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y dispuesto en lo demás en los artículos 1,7,54,73,161, 162,168,172,446,452,453,457,459 todos del Código del Trabajo, se declara: I.- SE ACOGE la demanda de deducida por don Juan Carlos Burgos Contreras contra la empresa Inmobiliaria Constructora Nueva Pacifico Sur S.A y en consecuencia se declara que las partes sostuvieron una relación laboral desde el 1 de marzo de 2017 hasta 26 de abril de 2020; y que el despido del trabajador es improcedente, por lo que la demandada deberá pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $1.530.849.- b) diferencias de Indemnización de años de servicios de $ 353.393.- c) diferencia de feriado legal y proporcional, por un total de $24.201.- d) 30% del recargo sobre indemnización por año de servicio $ 1.377.764.- e) restitución del descuento AFC $ 810.068.- II.- Las sumas antes indicadas devengaran los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Se condena en costas a la demandada las que se regulan en la suma de $400.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña XIMENA RIVERA SALINAS, Juez Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dos de noviembre de dos mil veinte.

Fallo

se declara: I.- SE ACOGE la demanda de deducida por don Juan Carlos Burgos Contreras contra la empresa Inmobiliaria Constructora Nueva Pacifico Sur S.A y en consecuencia se declara que las partes sostuvieron una relación laboral desde el 1 de marzo de 2017 hasta 26 de abril de 2020; y que el despido del trabajador es improcedente, por lo que la demandada deberá pagar al demandante las siguientes prestaciones: a) indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $1.530.849.- b) diferencias de Indemnización de años de servicios de $ 353.393.- c) diferencia de feriado legal y proporcional, por un total de $24.201.- d) 30% del recargo sobre indemnización por año de servicio $ 1.377.764.- e) restitución del descuento AFC $ 810.068.- II.- Las sumas antes indicadas devengaran los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Se condena en costas a la demandada las que se regulan en la suma de $400.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña XIMENA RIVERA SALINAS, Juez Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dos de noviembre de dos mil veinte.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 2 DE NOVIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 VIRTUAL RUC 20-4-0274725-1 RIT O-3719-2020 MAGISTRADO XIMENA RIVERA SALINAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE SPULER RIFFO HORA DE INICIO 08:35 HORAS HORA DE TÉRMINO 09:05 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040274725-1-1349-201102-0

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