Juzgado de Letras y Garantía de Tolten.

PAULO ANDRES MOYA CAMPOS C/ LUIS SEBASTIAN VIELMA MARTINEZ

Rol

O-207-2020

Fecha

21 de octubre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento. II.- Que conforme a lo razonado en el

Fundamentos

considerando sexto, la pena de multa se le sustituirá por medio día de reclusión y se le DARÁ POR CUMPLIDA con las horas que permaneció privado de libertad por esta causa el día 19 de Agosto del año en curso. III.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, se ordena la omisión de la presente condena en su certificado de antecedentes, siempre que ello fuera procedente. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y dése copia. R.I.T Nº 207-2020 R.U.C. 2000858523-8 Dictada por Carla Herince Alarcón Mora, Juez Titular del Juzgado de Competencia Común de Toltén. RPTMRXEDMF Carla Herince Alarcon Mora Juez de garantía Fecha: 22/10/2020 13:07:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-10-22T13:08:37-0300 Corte Suprema Carla Herince Alarcon Mora Verificación Legal

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 348, 389 y 395 del Código Procesal Penal, lo previsto en los artículos 1º, 7°, 11 Nº 9, 15 Nº 1, 18, 30, 49, 67, 69, 70 y 318 del Código Penal, SE RESUELVE: I.- Que se acoge el requerimiento y se condena a don LUIS SEBASTIÁN VIELMA MARTÍNEZ, Cédula Nacional de Identidad Nº 18.79.8016-K, nacido el 28 de abril de 1994, soltero, auxiliar de buses, domiciliado en calle Washington Nº 605 de Toltén, como autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal , perpetrado en esta comuna con fecha 19 de Agosto de 2020, a la pena de multa a beneficio fiscal ascendente a UN OCTAVO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, sin costas por haber admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. II.- Que conforme a lo razonado en el considerando sexto, la pena de multa se le sustituirá por medio día de reclusión y se le DARÁ POR CUMPLIDA con las horas que permaneció privado de libertad por esta causa el día 19 de Agosto del año en curso. III.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 18.216, se ordena la omisión de la presente condena en su certificado de antecedentes, siempre que ello fuera procedente. Cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y dése copia. R.I.T Nº 207-2020 R.U.C. 2000858523-8 Dictada por Carla Herince Alarcón Mora, Juez Titular del Juzgado de Competencia Común de

Texto Completo (Preview)

Dictada remotamente en Toltén a veintiuno de octubre de dos mil veinte. Conforme al artículo 62 inciso 3º del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 348, 389 y 395 del Código Procesal Penal, lo previsto en l

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