MP C/ FRANCISCO JAVIER SÁEZ VALDEBENITO
Rol
O-4541-2019
Fecha
20 de octubre de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Con fecha 22 de agosto de 2019, siendo aproximadamente las 09:38 horas, en el CCP Colina 11, ubicado en Avenida Carretera General San Martin Nº 775, de la comuna de Colina. El imputado Francisco Javier Sáez Valdebenito, quien cumplía funciones como gendarme 2º de la intuición de gendarmería en dicho establecimiento penitenciario, procedió a ingresar al centro penitenciario en cuestión, una bolsa de nylon transparente con un envoltorio de papel cuadriculado con polvo de color ocre, Y una bolsa de nylon trasparente con siete envoltorios de papel cuadriculado con pasto de color verde , además de 2 bolsas de nylon trasparentes con polvo de color ocre Y dos bolsas de nylon transparentes con pasto de color verde y café, sometida a la respectiva prueba de campo, arrojo que las 2 bolsas de nylon transparente con polvo de color ocre contenían pasta base de cocaína, con un pesaje de 182,2 gr os bruto, Y las 2 bolsas de nylon transparente con pasto de color verde arrojo coloración positiva ante la presencia de cannabis sativa, con un peso bruto de 58,5 gramos. Utilizando su calidad de gendarme se dirigió hacia la guardia interna de dicho recinto encontrándose en dicho lugar con el interno Michel Andrés Campos Meléndez, a quien previamente le hizo entrega para la venta de la droga antes indicada, solicitando por esa entrega la suma de$50.000, asimismo , una vez que se realiza el registro de las vestimentas del imputado, se estableció que este mantenía en su poder al interior de su uniforme una bolsa de nylon transparente con un envoltorio de papel cuadriculado de polvo color ocre, y al realizar fa respectiva prueba de campo arrojo coloración positiva a la presencia de pasta base de cocaína con un peso bruto de 0.9 gramos , y además mantenía en sus vestimentas una bolsa de nylon transparentes con 7 envoltorios de papel cuadriculado con pasto de color verde, que al realizar la respectiva prueba de campo arrojo una coloración rojiza, positiva para cannabis sativa , con un
Fundamentos
considerando II de esta sentencia, totalizando 158 días de abono respecto de la pena corporal impuesta. Comuníquese en su oportunidad a Gendarmería de Chile la pena sustitutiva impuesta. Se fija audiencia de aprobación de plan de intervención para el día 19 de febrero de 2021, a las 10:00 horas en sala 3, en el Juzgado de Garantía de Colina IV- Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber aceptado un procedimiento abreviado, eximiendo con esto el gasto fiscal que significa un juicio oral y público. V.- Que se ordena el registro de la huella genética del sentenciado FRANCISCO JAVIER SAEZ VALDEBENITO en el Registro de Condenados de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 19.970 y artículo 40 de su Reglamento, previa toma de muestras biológicas. VI.- Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación para los efectos de omitir en el certificado de antecedentes para fines laborales, la pena del condenado, de acuerdo XYTERTRRDX CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 21/10/2020 13:32:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl a lo previsto en el artículo 38 inciso primero de la ley 18.216. VII.- Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes renunciaron a los plazos. Dictada por Doña CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA, Juez del Juzgado de Garantía de Colina “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. XYTERTRRDX CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 21/10/2020 13:32:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-10-21T13:31:54-0300 Corte Suprema CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Verificación Legal
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a FRANCISCO JAVIER SAEZ VALDEBENITO, ya individualizado, a sufrir la pena 5 AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA PARA DERECHOS POLÍTICOS y la INHABILITACIÓN XYTERTRRDX CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 21/10/2020 13:32:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl ABSOLUTA PARA CARGOS U OFICIOS PÚBLICOS durante el tiempo de la condena, MULTA DE 10 UTM y COMISO DE LAS ESPECIES INCAUTADAS, por su responsabilidad como AUTOR de un delito de TRAFICO ILICITO DE DROGAS , previsto y sancionado en el artículo 3º de la Ley 20.000, hecho ocurrido en la comuna de Colina el día 22 de agosto de 2019 que se encuentra en grado de ejecución de CONSUMADO. II.- Que la multa impuesta, se tiene por cumplida, con parte del tiempo que estuvo en prisión preventiva por esta causa, desde el 23/08/2019 al 27/02/2020, por lo que se considerarán 30 días de privación de libertad para dar por cumplida la multa impuesta. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 15 y 15 bis de la Ley 18.216, se le sustituye la pena priva
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PROCEDIMIENTO Abreviado FECHA: Colina, veinte de octubre de dos mil veinte TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA MAGISTRADO: CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 1900905516-1 RIT: 4541-2019 IMPUTADO: FRANCISCO JAVIER SAEZ VALDEBENITO C.I. 0018292399-0 Domicilio Sector El Pajar Sin Nº, Comuna de Yumbel, VIII Region DELITO (Indicar si es reiterado) TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS ARTICULO 3º de la Ley 20.
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