14º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CARLOS HUGO SALAZAR VILLAR

Rol

O-7140-2019

Fecha

15 de octubre de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: El día 1 de agosto de 2019, a las 5.30 horas aproximadamente, los imputados Carlos Hugo Salazar Villar y Ricardo Marcelo Valladares Silva, concurrieron al inmueble en remodelación de la víctima Raúl Orlado Sepúlveda Calderón, ubicado en Av. México 7868, La Florida. Una vez allí procedieron a realizar un forado en el muro perimetral, para luego ingresar al inmueble, acopiando diversas especies tales como tres galones de pintura, un galón de pasta para muros, accesorios de baño y herramientas menores, con la intención de apropiarse de ellas, no cumpliendo su cometido ya que Carabineros llegó al lugar, sorprendiendo a los imputados al interior del domicilio con las especies en su poder, las que fueron avaluadas en la suma de $ 150.000. SEGUNDO: Que los requeridos, conforme al procedimiento establecido en el artículo 395 del Código Procesal Penal, han admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento. TERCERO: Que gravita en favor de los imputados la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. Y, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 6, 36, 45, 47 inciso 3º, 97, 340, 341, 342, 346 388, 389, 393 y 395 inciso 2º, del Código Procesal Penal y artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 30, 51, 68 inciso 3º, 69, 432, 442, del Código Penal; SE DECLARA: I. Se condena a CARLOS HUGO SALAZAR VILLAR y a RICARDO MARCELO VALLADARES SILVA, ya individualizados, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autores de un delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR NO HABITADO, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 1 de agosto de 2019. V. La pena privativa de libertad impuesta a los sentenciados se tendrá por cumplida con el mayor tiempo que los sentenciados permanecieron privados de libertad por esta causa por la medida caute

Fallo

SE DECLARA: I. Se condena a CARLOS HUGO SALAZAR VILLAR y a RICARDO MARCELO VALLADARES SILVA, ya individualizados, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, y a la accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autores de un delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS EN LUGAR NO HABITADO, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, perpetrado en esta jurisdicción el día 1 de agosto de 2019. V. La pena privativa de libertad impuesta a los sentenciados se tendrá por cumplida con el mayor tiempo que los sentenciados permanecieron privados de libertad por esta causa por la medida cautelar de arresto domiciliario total impuesta el 1 de agosto de 2019. III. Se les exime de las costas del procedimiento atendida su admisión de responsabilidad. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, debiendo remitirse los oficios respectivos. RUC : 1900821032-5 RIT : 7140 – 2019 Dictada por PATRICIO SOUZA BEJARES. Juez del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. VFRPRTJHET PATRICIO ROBERTO SOUZA BEJARES Juez de garantía Fecha: 21/10/2020 12:34:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O cci

Texto Completo (Preview)

Santiago, a quince de octubre de dos mil veinte. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en procedimiento simplificado en contra de CARLOS HUGO SALAZAR VILLAR, cédula de Identidad N°11644303-1, domiciliado en Calle Santa Margarita Nº 6628-A La Florida; RICARDO MARCELO VALLADARES SILVA, cédula de Identidad N°11108988-4, domiciliado en Calle Las Nobelias Nº 1916 La Florida, por los

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