C/ CARLOS JAVIER FRUTOS
Rol
O-820-2020
Fecha
20 de octubre de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACEPTADOS “El día 09 de febrero de 2020, en el Aeropuerto Internacional de Santiago, ubicado en Avda. Armando Coríinez S/N de la comuna de Pudahuel, funcionarios de la BRIANT Aeropuerto procedieron a fiscalizar el vuelo Iberia IBE6833, procedente de Madrid, España, sorprendiendo al imputado, quien era pasajero en dicho vuelo, transportando y guardando en su equipaje, la cantidad de 6.970 gramos de MDMA. Al momento de su detención, manifestó su deseo de cooperar con la investigación y autorizó el acceso a su teléfono celular. Conforme a lo anterior, fue autorizada la técnica de agente encubierto y entrega controlada con sustitución de la droga. Posteriormente el imputado es informado que debía entregar la droga a un sujeto que le diría que viene de parte de A. Finalmente ese mismo día, a las 17:50 horas, en la intersección de calle Merced con Miraflores de la comuna de Santiago, se acercó a Carlos Frutos el imputado Cristian Lopez Murillo, quien le dijo que venía de parte de A, y recibió de parte del primero la encomienda respectiva”. Santiago, veinte de octubre del año dos mil veinte. OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: XBVKRTKBXH FERNANDO GUZMAN FUENZALIDA Juez de garantía Fecha: 20/10/2020 16:05:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 En virtud de lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 18, 22, 45, 46 y 52 de la Ley N° 20.000; 1º, 3º, 5º, 7º, 11 N° 6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 18, 21, 25, 26, 28, 31, 49, 50, 56, 60, 68 y 79 del Código Penal; 34, 35, 36 y 37 de la Ley Nº 20.603; y 1, 2, 4, 47, 340, 341, 342, 343, 344, 348 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: I Se condena a don CARLOS
Fundamentos
considerando como abono el período que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con ocasión de este proceso, salvo aquello considerado para la multa. El Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior llevará a cabo la implementación de esta pena dentro del plazo de 60 días corridos contados desde esta fecha. Durante dicho período permanecerán en el Complejo Penitenciario Santiago I en calidad de internado. III La pena pecuniaria se da por cancelada en conversión de 03 días del total de tiempo que estuvo privado de libertad con motivo de esta causa, a saber: desde el día 09 de febrero del año en curso. XBVKRTKBXH FERNANDO GUZMAN FUENZALIDA Juez de garantía Fecha: 20/10/2020 16:05:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 IV El dinero -305 Euros- en comiso ingresará al fondo especial del Ministerio del Interior, para ser utilizado en programas de prevención del consumo de drogas, tratamiento y rehabilitación de las personas afectadas por dicha adicción. V Asimismo, se le exime del pago de las costas de la causa, en atención a que, habiendo acordado el procedimiento abreviado, aceptó los hechos y antecedentes de la investigación, lo cual tuvo como efecto evitar la realización de un juicio oral y el gasto asociado a ello para las instituciones públicas. Habiendo los intervinientes renunciado a los recursos legales de impugnación, certifíquese que la sentencia definitiva se encuentra ejecutoriada y el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, Decreto Ley N° 645 de 1925 y Decreto Supremo Nº 64 de fecha 27 de enero de 1960, remitiendo copia autorizada del
Fallo
se declara que: I Se condena a don CARLOS JAVIER FRUTOS, argentino, DNI 34451520, pasaporte AAG640087, cédula de identidad de extranjero número 14.875.551-5, situación migratoria irregular, 30 años de edad, nacido en Posada de Misiones / Argentina el 17 de agosto de 1990, soltero, tramitador de gestiones, sin residencia en Chile, con domicilio en Chacra 5193, Manzana E, Casa 20, Posada, Argentina, actualmente en prisión preventiva en el Complejo Penitenciario Santiago I, a la pena de CINCO AÑOS de presidio menor en su grado máximo; inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante la sanción; pago de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a beneficio fiscal; y comiso del dinero incautado, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, tipificado y sancionado en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 20.000, perpetrado en la comuna de Pudahuel el día 09 de febrero del año 2020. II Se impone al sentenciado la pena sustitutiva de EXPULSIÓN DEL TERRITORIO NACIONAL. El condenado no podrá regresar al territorio nacional en un plazo de DIEZ AÑOS, contado desde la fecha de la sustitución de la pena. En caso que el condenado regresare al territorio nacional dentro de este plazo se le revocará la pena de expulsión debiendo cumplirse el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, considerando como abono el período que ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad con ocasión de
Texto Completo (Preview)
1 PRIMER JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RESUMEN RUC : 2000150714-2 RIT : 820-2020 MATERIA : TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS IMPUTADO : CARLOS JAVIER FRUTOS DEFENSA : IGNACIO PÉREZ LÓPEZ FISCAL : RODRIGO GONZÁLEZ VEGA MINISTERIO INTERIOR : CAROLINA FERNANDOIS CATALÁN RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : ABREVIADO ATENUANTES : ARTÍCULOS 11 Nº 6 y 9 DEL CÓDIGO PENAL y 22 LEY 20.000 AGRAVANTES :
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica