1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MAKERSOLUTIONS SPA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO EL LOA-CALAMA

Rol

I-92-2020

Fecha

30 de octubre de 2020

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos vertidos por la actora, que la demanda expresa un manifiesto error jurídico insalvable, que implica el rechazo de plano de la supuesta reclamación y que inclusive no existirían hechos a probar, sino que la controversia sería cuestión de derecho. Que a continuación se fijaron como hechos no discutidos, los siguientes: 1. La existencia de una resolución de la cual se está recurriendo y en cuanto al texto de la misma. 2. Hecho de haberse presentado la reclamación administrativa. 3. El hecho de haberse resuelto negando o no dando lugar a la reclamación por parte de la demandada. Que, estimando el tribunal la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos a probar: 1. Efectividad de haberse incurrido en un manifiesto error de hecho en la aplicación de la sanción. 2. Acreditación fehaciente del íntegro cumplimiento de las disposiciones legales, convencionales o arbitrales cuya infracción motivo la sanción. 3. Procedencia de efectuar la rebaja de la multa impuesta. TERCERO: Que para acreditar sus alegaciones la reclamante incorporó en la audiencia de juicio los siguientes documentos no objetados de contrario consistentes en: 1.- Contrato De Trabajo Juan Zambrano 2.- Resolución Nº 103 De Fecha 4 De Febrero De 2020 3.- Reconsideración De Multa De Fecha 15 De Octubre De 2019 4.- Resolución Multa Nº 8682/19/54. CUARTO: Que a su turno la parte reclamada incorporó en la audiencia de juicio los siguientes documentos no objetados de contrario, consistentes en: 1. Copia de activación de fiscalización; 2. Copia de caratula de fiscalización; 3. Copia de informe de fiscalización; 4.- copia de la multa 8682-2019-54-1; 5.- copia de la resolución 103 del 4 de febrero de 2020. QUINTO: Que apreciadas las pruebas conforme a las reglas de la sana crítica, importando con ello tomar en especial consideración la gravedad, concordancia, multiplicidad y conexión de aquellos medios probatorios incorporados por la

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece MÓNICA DANIELA DE LA CARRERA MORALES, abogada en representación, de la sociedad Ingeniería y Gestión de Procesos Makersolutions SPA, con domicilio en calle Eduardo Castillo Velasco, N° 1676 de la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, que conforme a los artículos 512 y demás aplicables del Código del Trabajo, dedujo demanda de reclamación de resolución en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE, representada por doña Marisol Marchant San Martin, a fin que se deje sin efecto la resolución que denegó la rebaja de multa aplicada por Resolución N° 103 dictada por la demandada con fecha 04 de febrero de 2020. Indicó que con fecha 15 de octubre de 2019 interpuso reconsideración administrativa en contra de la resolución N°8682/19/54 de fecha 21 de junio de 2019, consistente en: NO OTORGAR AL MENOS DOS DE LOS DÍAS DE DESCANSO EN EL RESPECTIVO MES CALENDARIO EN DÍA DOMINGO HABIÉNDOSE CONSTATADO QUE LA EMPRESA DESARROLLA ACTIVIDADES COMPRENDIDAS EN EL N° 2 DEL ARTÍCULO 38 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO, RESPECTO DEL TRABAJADOR JUAN CARLOS ZAMBRANO CHÁVEZ EN EL MES DE MAYO DEL 2019. Que lo anterior constituiría, según dicha Resolución de multa una infracción al inciso 4° del artículo 38 en relación con el artículo 506, ambos del Código del Trabajo, procediendo sancionar la fiscalizadora actuante a esta parte por dicha infracción con una multa de 40 UTM equivalente a $1.949.640. Que con fecha 13 de febrero de 2020 esta parte fue notificado de la resolución N° 103 de fecha 04 de febrero de 2020, la cual resolviendo la reconsideración administrativa, mantiene la multa bajo las siguientes consideraciones: "Que respecto de la Multa N°8682.19.54.1 cursada por "No otorgar al menos dos de los días de descanso en el respectivo mes calendario en día domingo, habiéndose constatado que la empresa desarrolla actividades comprendidas en el N° 2 del artículo 38 del Código del Trabajo, respecto del trabajador Juan Carlos Zambrano Chávez, en el mes de mayo de 2019" Art. 38 Inciso 4 y art. 506 del Código del Trabajo. - Respecto de esta multa, el empleador pide que se deje sin efecto por error de hecho, argumentando la falta de tipicidad. A su vez, el fiscalizador al momento de la visita inspectiva y en virtud de la presunción legal de veracidad contemplada en el artículo 23 del DFL N° 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, constató la infracción a la legislación laboral, según constan en su informe de fiscalización de fecha 28 de junio de 2019." Asimismo se debe tener presente que el empleador no acompaña documentos referidos al periodo ni ítem fiscalizado, por ejemplo, libro de asistencia del trabajador fiscalizado, antecedentes que sí constan en el expediente de fiscalización, por lo cual, se procederá a mantener la multa. En efecto, tratándose de una reclamación judicial respecto de una resolución que resuelve una reconsideración administrativa, el artículo 512 confiere acción a las partes para que l

Fallo

SE DECLARA: Que SE RECHAZA la demanda de autos interpuesta por Mónica Daniela de La Carrera Morales, en representación de la sociedad Ingeniería y Gestión de Procesos Makersolutions SPA, en contra de INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE. Que se condena en costas a la parte reclamante, regulándose en la suma de $100.000. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia definitiva, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT N° : I-92-2020. RUC : 20- 4-0254671-K Dictada por don Mauricio Vidal Caro, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a treinta de octubre de dos mil veinte se notificó la presente resolución por el estado diario. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT N° : I-92-2020. RUC : 20- 4-0254671-K MATERIA : RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA RECLAMANTE : INGENERÍA Y GESTIÓN DE PROCESOS MAKERSOLUTIONS SPA RECLAMADA : INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO PONIENTE. Santiago, a treinta de octubre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece MÓNICA DANIELA D

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