Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

MP C/ JOSÉ FELIPE SALINAS ROJAS

Rol

O-51-2020

Fecha

20 de octubre de 2020

Materia

DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: El día 15 de octubre del actual, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida en contra de JOSE FELIPE SALINAS ROJAS, chileno, natural de Talca, soltero, 32 años de edad, vendedor ambulante, estudios básicos, cédula de identidad N° 16.730.886-4, nacido el 4 de febrero de 1988, domiciliado en calle 31 Oriente, 13 Sur, 3179, San Miguel del Piduco, Talca.- Fue parte acusadora en el presente juicio, el Ministerio Público, con domicilio en calle 1 Sur N° 790 de esta ciudad, representado por la Fiscal doña Claudia Díaz Sánchez.- La defensa del acusado, estuvo a cargo del Defensor Penal Público Licitado, don Rodrigo Chávez Moyano, domiciliado en calle 6 Norte Nº 833, de Talca.- PRIMERO: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según consta del auto de apertura, es del siguiente tenor: “El imputado JOSE FELIPE SALINAS ROJAS fue conviviente de la víctima Saira Belén Huinca Durán, con quien tiene dos hijas en común, Estefania y Sofía ambas Salinas Huinca. Durante los años de convivencia el imputado le dio malos tratos a la víctima, siendo detenido el día 10 de Julio de 2019 por haberla amenazado con un fierro, por lo que el día 11 de Julio del año 2019 fue requerido en un procedimiento simplificado por tales hechos en la causa RIT 5410-2019 del Juzgado de Garantía de Talca, donde en protección de la víctima se le impuso al imputado la medida cautelar del articulo 9 letra b ) de la Ley 20.066 “prohibición absoluta de acercarse a Saira Huinca, a su domicilio, lugar de trabajo, vía pública y en cualquier lugar donde se encuentre”, siendo notificado personalmente en audiencia de fecha 11 de Julio de 2019. Estando vigente tal medida cautelar, el día 30 de Septiembre de 2019 y estando la víctima en su domicilio de calle 32 Oriente N° 153 entre 10 y 11 Sur de Talca y en horas de la madrugada a las 03:30 horas aproximadamente, el imputado en

Fundamentos

fundamentos jurídicos para ello.- No hay agravantes.- Por lo demás, debe considerarse que la víctima quiere volver a vivir con el acusado.- Hay voluntad expresa, manifiesta, de volver a estar juntos.- Además, tienen dos hijos en SZSKRTSDXE Welfor Iván Villarroel Castrillón Juez Presidente Fecha: 20/10/2020 12:38:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 6 común.- Por todo lo anterior, pide que por el desacato se le imponga una pena de 541 días de presidio menor en su grado medio.- Respecto del delito de lesiones menos graves, solicita compensación entre la atenuante invocada y la agravante por la causa del año 2015; hay una sola condena pretérita que es la impuesta en la RIT 1198-2015.- La pena a imponer ya está agravada por la situación de parentesco.- Pide se le condene a una multa de 11 sueldos vitales o en subsidio, se le imponga la pena en su mínimum.- En relación al delito de desacato señaló que no proceden las accesorias de la ley 20.066, solo proceden en el delito de lesiones menos graves, que pide sea solo por 6 meses y que esta se tenga por cumplida por el tiempo que ha estado privado de libertad.- Ellos han manifestado que están juntos, en consecuencia, no tiene sentido la accesoria.- Referente a la forma de cumplimiento, las condenas que figuran en el extracto de filiación y antecedentes están prescritas para los efectos de la ley 18.216, solo no lo están las RIT 2390 y 1198, en las cuales se le impuso penas de multas.- Pide se le conceda la reclusión parcial domiciliaria en atención al informe pericial, a las cartas de recomendación, a la declaración de la propia víctima, quien dijo que es una buena persona y solo tiene problema con las drogas y, en este caso, la prisión no resuelve nada.- Se sustituya la pena por reclusión y que por ahora sea controlado por Carabineros. El domicilio existe.- Solicita además, se le abone el tiempo que ha estado detenido, primero por estar en prisión preventiva y luego por estar con reclusión total en su domicilio.- Requiere se le abonen todos los días, incluso los 9 que se señalan como incumplidos, pues esa situación se puso en conocimiento del tribunal en una audiencia especial, haciendo presente que Carabineros tocaba la bocina y se iba, no alcanzando a salir, siendo insuficiente para ser considerado como prueba el oficio de la fiscal porque la defensa reclamó antes.- Pide además, se exima del pago de las costas.- En síntesis, pide se sustituya la pena por reclusión parcial domiciliaria que deberá cumplirse en calle 31 Oriente 13 Sur 3179, Población San Miguel del Piduco.- TERCERO: El acusado José Felipe Salinas Rojas renunció a su derech

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 74, 399 y 494 Nº 5, del Código Penal; artículos 5 y 9 letra b) de la ley 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar; artículo 240 del Código Procedimiento Civil; y artículos 1, 45, 46, 47, 295, 296, 297, 329, 333, 340, 341, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal, se declara: I.- SE CONDENA al acusado a JOSE FELIPE SALINAS ROJAS, ya individualizado, como autor de los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar en la persona de Saira Belén Huinca Durán y desacato, perpetrados ambos el día 30 de septiembre de 2019, en la ciudad de Talca, a sufrir las penas de CIEN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena y QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS, de reclusión menor en su grado medio, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, respectivamente y al pago de las costas de la causa.- SZSKRTSDXE Welfor Iván Villarroel Castrillón Juez Presidente Fecha: 20/10/2020 12:38:25 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 h

Texto Completo (Preview)

1 Talca, veinte de octubre de dos mil veinte.- VISTO: El día 15 de octubre del actual, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer la acusación dirigida en contra de JOSE FELIPE SALINAS ROJAS, chileno, natural de Talca, soltero, 32 años de edad, vendedor ambulante, estudios básicos, cédula de identidad N° 16.730.886-4,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica