MARKETING Y NEGOCIOS S.A. C/ JOSÉ CRISTIAN PEREIRA MARTÍNEZ
Rol
O-742-2019
Fecha
16 de octubre de 2020
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El grupo SunDreams, se dedica al giro de hotelería, eventos y casinos de juegos. Dentro de las sociedades que forman parte del mismo, filial dedicada a la organización de distintos tipos de eventos y espectáculos todos los cuales se llevan a cabo en el casino Monticello, ubicada en panamericana sur kl57, San Francisco Mostazal. En esas circunstancias el imputados don JOSÉ CRISTIAN PEREIRA MARTÍNEZ, toma contacto con los ejecutivos Héctor Adolfo Flores y Alejandro Mauricio Farías Palominos, de la empresa Marketing y Negocios S.A., para ofrecerle la realización de un evento que consistía en un concierto a la cantante internacional Celine Dion, en Gran Casino Monticello, para efecto del engaño el imputado dio cuenta que tenía contacto con los representantes de la cantante en Estados Unidos, la agencia AEG (quienes tienen la representación exclusiva de la artista). con quienes firmaría un contrato acuerdo para que se celebrará el concierto en Chile, con fecha 16 de agosto del año 2018, el representante legal de la empresa marketing y negocios S.A., Don Jaime Wheel well, suscribió un contrato con El imputado a través de la sociedad de estos inversores Dreams spa, cuyo nombre fantasía es COLOR, representada por el imputado José Cristian Pereyra Martínez, con el objetivo de dar credibilidad al engaño y obtener de parte de la víctima una disposición patrimonial el imputado Don JOSÉ CRISTIAN PEREIRA MARTÍNEZ, hizo entrega de diversos documentos falsos, como fueron un contrato de acuerdo con la agencia A.E.G., correos electrónicos entre otros, específicamente con el objeto de mantener el engaño y conseguir el pago de las demás cuotas del contrato, el imputado envió a la víctima copia de un comprobante de transferencia internacional de fecha 22 de agosto del año 2018, efectuado por inversiones Security de grupo Security a la a la cuenta de la empresa Celine Dion IN.C., A.E.G. en Estados Unidos a fin de acreditar que se estaban haciendo los pagos a los representantes d
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a las disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se condena a JOSÉ CRISTIAN PEREIRA MARTÍNEZ, cédula de identidad N° 0010201167-8, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, Multa de Veintiuna (21) Unidades Tributarias Mensuales, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES, en grado de consumado, perpetrado durante el año 2018, en territorio Jurisdiccional de éste Tribunal. II.- Que se le condena a la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación de cargo u oficio público durante el tiempo de la pena privativa de libertad. III.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos necesarios se sustituye la pena privativa de libertad por la de Libertad Vigilada Intensiva, por igual periodo de la pena que se sustituye, debiendo el sentenciado presentarse en el Centro de Reinserción Social Santiago Oriente al quinto día de ejecutoriada la sentencia. IV.- Que, para el pago de la multa impuesta se conceden al sentenciado doce parcialidades iguales, mensuales y sucesivas de 1,75 Unidad Tributaria Mensual, debiendo pagar en moneda nacional, enterando las cuotas el último lunes de cada mes, comenzando con la primera cuota el día 30 de noviembre de 2020. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de prestación de servicios en be
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Juzgado de Garantía de Graneros ACTA DE AUDIENCIA Dieciséis De Octubre De Dos Mil Veinte Ruc: 1910012128-2 Rit: 742 - 2019 Hora Inicio: 10:32 Hora Término: 10:57 Juez: Rubén Hernán Donoso Paredes Tipo De Audiencia: Abreviado Delito: Estafas Y Otras Defraudaciones Contra Particulares. Imputado: José Cristian Pereira Martínez C.I. 10.201.167-8 Comparece: Si, Preso, Vía Zoom Domicilio: Pasaje Blizar
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