MINISTERIO PUBLICO . . C/ CRISTIAN MARIO ESPÍNDOLA RODRÍGUEZ
Rol
O-446-2020
Fecha
16 de octubre de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2000267889-7 RIT 446 - 2020, ha comparecido el ministerio público de esta ciudad representado por su fiscal adjunto JORGE CALDERARA GONZALEZ, quien presentó requerimiento en contra de don CRISTIAN MARIO ESPÍNDOLA RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad 0017024082-0, de profesión u oficio DESCONOCIDO, domiciliado en Calle LA GRANJA Nº 8405, forma de notificación ESTADO DIARIO, legalmente representado por el defensor penal público licitado SEBASTIAN RADDATZ TRONCOSO, verificándose la audiencia, en los siguientes términos: Los hechos: Que el día 09 de marzo del año 2020, alrededor de las 12:20 horas, del día el requerido Cristian Mario Espindola Rodríguez, concurrió hasta el supermercado Eltit ubicado en Camino Internacional N° 2000 de la Comuna de Pucón, y una vez al interior de este supermercado y portando un bolso sustrajo las siguientes especies: Una sobrecostillas categoría V nacional de un kilo, un tapabarrida categoría V nacional de un kilo, una sobrecostillas categoría V nacional de un kilo, y también una sobrecostillas categoría V nacional de envase de un kilo, además de un lomo liso categoría V de un kilo, todas las especies avaluadas en la suma de $ 84.555.- las que oculto al interior del bolso para luego traspasar el área de cajas sin pagar por los productos que portaba. La calificación jurídica Es de Hurto simple, previsto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal y la imputación es en calidad de autor y grado desarrollo consumado. Las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, Concurre la agravante del artículo 12 N° 16, del Código Penal. CXXPRSXFWF Jose Luis Maureira Gonzalez Juez de garantía Fecha: 16/10/2020 15:05:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizad
Fundamentos
fundamentos del requerimiento: 1.- Parte policial 749 de fecha 09 marzo 2020, de la IX Comisaria de Carabineros de Pucón. 2.- Declaración de personal aprehensor Walter Domínguez Quinteros, y Valentina Urra, ambos carabineros, domiciliados en Bernardo O’Higgins 135 de Pucón. 3.- Declaración de testigos Cristian Navarro Baeza, guardia seguridad domiciliado en camino Internacional N° 2000 de Pucón. 4.- Acta de reconocimiento y preexistencia de especies. 5.- Boleta de preventa, de los valores de productos sustraídos. 6.- Una fotografía de los productos sustraídos. 7.- Un CD de las imágenes de la cámara seguridad de Eltit. 8.- Extracto de filiación y antecedentes del imputado. 9.- Copia de sentencia definitiva causa Rit N°851-2018 del Juzgado de Garantía de Pucón. 10.- Copia de sentencia definitiva causa Rit N° 5102-2018 del 14° Juzgado de Garantía de Santiago. Para el sólo efecto de aplicación del procedimiento simplificado, si el imputado admite responsabilidad, reconoce la colaboración sustancial y modifica la pena solicitando la aplicación de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legales y multa. SEGUNDO: Que, consultado a el imputado y hechas las advertencias de rigor respecto de los hechos y habiendo sido informado y advertido previamente, contando con la asesoría de un letrado, en forma consciente informada y espontáneamente admitió su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento renunciando a su derecho a no auto incriminarse, refutar la imputación del fiscal en un juicio oral público y contradictorio liberando de esta manera al Tribunal de su obligación de fundar fácticamente el
Fallo
fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. TERCERO: Que, en estos hechos el requerido tuvo participación en calidad de autor se califican por el Tribunal concordando con el Ministerio Público y al CXXPRSXFWF Jose Luis Maureira Gonzalez Juez de garantía Fecha: 16/10/2020 15:05:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl acuerdo con la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de HURTO SIMPLE DEL ARTICULO 446 N°3 DEL CÓDIGO PENAL, en grado de consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público no señaló otros antecedentes para la determinación de la pena. QUINTO: Que, la defensa, solicita se abone el tiempo que ha permanecido privado de libertad para el pago de la multa y la pena corporal y se le exima del pago de las costas de la causa por haber ahorrado recursos al Estado al evitar un juicio, sin que e
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RUC : 2000267889-7 RIT : 446 - 2020 MATERIA : HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM. IMPUTADO : CRISTIAN MARIO ESPÍNDOLA RODRÍGUEZ RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Pucón, dieciséis de octubre de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras, Garantía, Familia y del Trabajo de Pucón, en causa RUC 2000267889-7 RIT
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