2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ANDRADES/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.

Rol

T-198-2020

Fecha

28 de octubre de 2020

Materia

Art. 485 inciso 3º CT, Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos por no constar y en cuanto a su responsabilidad hace presente que se discute en doctrina y jurisprudencia respecto de la responsabilidad de la mandante en caso que se considere que los hechos denunciados se enmarcan en el cuadro de protección de la acción de tutela y se condene a la ex empleadora. Hace presente los argumentos vertidos para no afectar a la mandante por lo que solicita el rechazo de la acción en relación a esta demandada. Respecto de los demás ítems corresponderá en la medida que se acredite y señala que ejerció las facultades del artículo 183 C del CT por lo que su responsabilidad sería subsidiaria. TERCERO: En preparatoria en presencia de todas las partes conciliación no se produce. Se fijan como Hechos no controvertidos: 1. La fecha de inicio de la relación laboral que se habría producido en beneficio de Servicio Inversiones Fastco SpA el 08 de mayo de 2014. 2. Funciones de la actora de procuradora judicial. 3. Remuneración de $623.000. 4. La fecha del despido el 27 de noviembre de 2019. 5. Que los servicios se prestaron en régimen de subcontratación para la Caja de Compensación y asignación Familiar Los Andes. A probar: 1. Efectividad de haber ejercido la Caja de Compensación Los Andes sus obligaciones de control durante la vigencia de la prestación de servicios a su favor. 2. La efectividad de haber incurrido la demandante en las conductas e incumplimientos que con reprochadas en la comunicación de despido. 3. La efectividad de que el despido estaría motivado por la denuncia administrativa o fiscalización efectuada en virtud de ella por la Inspección del Trabajo. 4. Las obligaciones que contractualmente correspondía cumplir a la actora en relación a los hechos que son imputados en la carta de despido. 5. La efectividad de adeudarse a la actora el denominado Bono de Producción correspondiente al mes de noviembre de 2019 y en su caso, monto adeudado. CUARTO: En juicio se incorpora: Demandante-documental 1. Reclamo ante la Inspección del

Fallo

Por lo expuesto se desestima la acción intentada. En cuanto al segundo y cuarto hecho a probar. La carta de despido que invoca la causal del artículo 160 N°7 del CT es del siguiente tenor: “Los hechos en que se funda la causal invocada, concurren habida la circunstancia de que Ud. Ha violentado la obligación de confidencialidad estipulada en su contrato de trabajo, toda vez que procedió a enviar cadenas de correos entre trabajadores de la empresa, desde el correo corporativo de FASTCO, a agentes externos, particularmente un receptor proveedor de la empresa.” “En efecto Ud. Envió los correos en cuestión a la casilla cianchile@hotmail.com con fecha 25 de noviembre del año en curso y otras (según detalle de los anexos), las cadenas de correo que se adjuntan a esta carta de despido, y que se entienden forman parte de la misma para todos los efectos a los que diere lugar.” “Como consecuencia de lo anterior, esta información fue utilizada por externos para difamar a la empresa ante sus clientes, generando un grave perjuicio, en particular con Caja Los Andes, irreparable al efecto.” “Lo anterior quebranta gravemente la confianza que debe inspirar una relación de trabajo, y hace insostenible mantenerla más allá del día de hoy” Luego transcribe la cláusula séptima del contrato de trabajo que señala: “Al trabajador queda desde luego, sujeto a la obligación de mantener en reserva cualquier antecedente o información, que deba conocer en virtud del desempeño de su trabajo en la empresa,

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Santiago a veintiocho de octubre de dos mil veinte PRIMERO: Que ha comparecido POULLETTE TERESA DE JESUS ANDRADES NUÑEZ cédula de identidad 17.065.838-8 domiciliada en Avenida El Volcán 04093 Puente Alto e interpone demanda por tutela laboral con ocasión del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de SERVICIOS E INVERSIONES FASTCO SPA RUT 76.040.181-1 representada por Hern

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