Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

OSCAR RICARDO HERRERA CARRERA C/ ANDI DIZDARI

Rol

O-383-2020

Fecha

14 de octubre de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: “El día 4 de enero del año 2020, aproximadamente a las 20:35 horas, personal de Seguridad Ciudadana de la Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte, solicitó la concurrencia de personal de Carabineros a la intersección de calle Pampa Germania con calle Estación de la comuna de Pozo Almonte, dado que mantenían retenido al acusado don ANDI DIZDARI quien previamente conducía en forma zigzagueante, por la arteria ya indicada, el vehículo placa patente única LTBX.86, al llegar el personal policial pudieron verificar que el imputado realizaba la conducción en manifiesto estado de ebriedad , por cuanto mantenía rostro congestionado, hablar incoherente y fuerte hálito alcohólico, motivo por el cual se procedió a su detención y trasladarlo al Servicio de Atención de Urgencia donde se le practicó la alcoholemia respectiva, la cual arrojó en definitiva que el imputado conducía con 2,21 gramos de alcohol por mil en la sangre . Al tiempo de estos hechos el imputado no mantenía licencia de conducir alguna que lo habilitara en la conducción del vehículo.” Pozo Almonte, catorce de octubre del año dos mil veinte. Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena a don ANDI DIZDARI, de nacionalidad albana, cédula de identidad para extranjeros N° 24.685.164-6, domiciliado en Ruta A-665 Km. 22, La Huayca, comuna de Pozo Almonte, como autor del delito consumado de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 4 de enero del año 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial 541 días CDP Pozo Almonte Observación:  Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7 y 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento la pena GZSZRRSQBV Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 15/10/2020 18:54:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl . privativa de libertad impuesta, por la de RECLUSIÓN PARCIAL en un centro de Gendarmería de Chile en su modalidad de diaria nocturna por igual término que la condena originalmente impu

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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado

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