Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

ROJAS/MUEBLERIA REMAVAL LIMITADA

Rol

O-86-2020

Fecha

28 de octubre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar: 1. Si el actor prestó servicios al demandado. En la afirmativa fecha de inicio y de término de dichos servicios. 2. Para el caso, causal de término de los servicios y hechos que constituyen la causal. Cumplimiento de formalidades. 3. Para el caso, estado de las cotizaciones de seguridad social del actor. 4. Para el caso, prestaciones adeudadas. En la misma audiencia preparatoria se establecieron los siguientes hechos no controvertidos: Que por la prestación de servicios el actor recibía la suma de $ 611.111 mensuales. Cuarto: Que la parte demandante incorporó la siguiente prueba en apoyo de sus pretensiones: Documental consistente en: 1. Boletas de honorarios electrónicas emitidas por el actor con cargo a la demandada, números 1 al 8, todos correspondientes al año 2017. 2. Boletas de honorarios electrónicas emitidas por el actor con cargo a la demandada, números 9 al 20, todos correspondientes al año 2018. 3. Boletas de honorarios electrónicas emitidas por el actor con cargo a la demandada, números 21 al 29, todos correspondientes al año 2019. Exhibición de documentos: solicitó, pero no obtuvo que la demandada exhibiera contrato de prestación de servicios, quien señaló que no existe. CONFESIONAL del representante legal de la demandada don Jorge Madariaga Arenas, cuyas declaraciones constan en el respectivo registro de audio. Quinto: Que en orden a acreditar los

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece don Jaime Patricio Rojas Navarro, Contador General, domiciliado para estos efectos en Avenida Las Condes N° 11.380, Oficina 91, Vitacura e interpone demanda por despido injustificado en contra de Muebles Remaval Limitada, representada legalmente por don Jorge Madariaga Arenas, ambos domiciliados en calle Los Manzanos 2738, La Pintana a fin que se declare la existencia de la relación laboral, la continuidad de esta, que su despido es injustificado y nulo para efectos remuneracionales y se condene al demandado al pago de las indemnizaciones y prestaciones que señala: 1.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $ 611.111.- 2.- Indemnización por años de servicios por la suma de $ 3.055.555.- 3.- Recargo legal del 50% por la suma de $ 1.527.777.- 4.- Feriados legales de 4 años por la suma de $ 1.731.450.- 5.- Feriado proporcional equivalente a 10,4 días por la suma de $ 211.848.- 6.- Cotizaciones de seguridad social por todo el periodo de la relación laboral. 7.- Las sumas que deriven de la aplicación de los incisos 5° 7° del artículo 162 del Código del Trabajo. 8.-Reajustes e intereses más las costas de la causa. Funda sus pretensiones en haber ingresado a prestar servicios para la demandada el 5 de mayo de 2015 mediante la constante emisión de boletas de honorarios, pero que en la realidad correspondía calificar su relación como laboral, en funciones de contador general con un constante aumento de funciones hasta el momento del despido el 18 de noviembre de 2019. Asegura que estuvo sujeto jornadas de trabajo claramente establecidas, al poder de mando de sus superiores y, a su vez, al deber de obediencia en el desempeño de sus funciones, y afirma que claramente la relación jurídica mantenida con la demandada cabe concebirla a las normas contenidas en el Código del Trabajo y no conforme al Código Civil, existiendo claros índices de subordinación y dependencia. Agrega que el 18 de noviembre de 2019 fue despedido de manera irregular y de manera verbal, no se indicó causal legal ni acreditó los pagos previsionales de todo el periodo de la relación laboral y, luego de analizar los requisitos de existencia de la relación laboral asevera que debe ser declarada deuda de cotizaciones y ordenar su pago para lo cual debe oficiarse a las entidades previsionales respectivas a objeto que inicien los trámites de cobranza judicial. Cita Jurisprudencia en su favor. Segundo: Que el demandado contestando la demanda, solicita su rechazo en todas sus partes con expresa condenación en costas. Opone la excepción de falta de legitimidad pasiva, argumentando que nunca ha existido relación de prestación de servicios ni tampoco alguna relación que importe un vínculo de subordinación y dependencia. Afirma que el señor ROJAS presta los servicios de Contabilidad de manera independiente, y que, bajo esta estructura de prestación de servicios, mensualmente emite una boleta de honorarios para efectos de realizar el cobro

Fallo

se resuelve: I.- Que se rechaza la demanda interpuesta por don Jaime Patricio Rojas Navarro en contra de Muebles Remaval Limitada, representada legalmente por don Jorge Madariaga Arenas, en todas sus partes. II.- Que se omite pronunciamiento sobre la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada. III.- Que no se condena en costas a la demandante por haber tenido motivo plausible para litigar IV.- Que para los efectos del artículo 477 del Código del Trabajo, estese a lo dispuesto en la ley 21.226 de 2 de abril de 2020. Regístrese, notifíquese a las partes por correo electrónico y archívense los antecedentes, en su oportunidad. RIT: 0-86-2020 Ruc: 20-4-0247292-9 PRONUNCIADA POR PATRICIA SALAS SAEZ, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL

Texto Completo (Preview)

Procedimiento : Aplicación General Materia : Despido Injustificado, nulidad y cobro de prestaciones Demandante : Jaime Patricio Rojas Navarro Demandado : Muebles Remaval Limitada RIT : RUC : 20-4-0247292-9 San Miguel, veintiocho de octubre de dos mil veinte. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Primero: Que comparece don Jaime Patricio Rojas Navarro, Contador General, domiciliado para

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