FISCALIA POZO ALMONTE C/ VICTOR HUGO DIAZ LYON
Rol
O-2174-2020
Fecha
9 de octubre de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 09 de octubre de 2020, a las 00:05 horas, mientras personal de ejercito de chile quien realizaba labores de fiscalización y control en el marco del llamado de aislamiento nocturno nacional de esta comuna, fiscalizó al imputado don Víctor Hugo Díaz Lyon , quien se desplazaba a pie por la calle Pampa Germania 941 de la comuna de Pozo Almonte, quien lo hacía en evidente estado de ebriedad y sin contar con con salvoconducto que les permita transitar por la vía pública con lo cual fue detenidos en el lugar por infringir las medidas de aislamiento o cuarentena de todos los habitantes de la república, que obliga a permanecer en el domicilio habitual entre las 22:00 y las 05:00 hrs., infringiendo con ello la resolución Nº 203/212 y las sucesivas medidas sanitarias dictadas del Ministerio de Salud que dispone medidas sanitarias en tiempos de pandemia”. Pozo Almonte, nueve de octubre de dos mil veinte Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a VÍCTOR HUGO DÍAZ LYON, cédula de identidad N° 7.935.127-K, nacionalidad chilena, domiciliado en Calle Alianza Nº 1186, comuna de Pozo Almonte, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 09 de octubre de 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 1 Unidad Tributaria Mensual NO Pena suspendida Observación: I.- Si el sentenciado paga la multa impuesta dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la sentencia, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta, y en caso que el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberá pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. En ambos BXGBRQXCWG Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 09/10/2020 18:52:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl casos, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la Rep
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y
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